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-173-

rero, paclre mio, ¿de 'dónde pudo :Molina tener el co–

nocimiento para resolver un punto de tanta importan..

cia, sin

ten~r

para ello ?.lguna luz de la escritura,

ó

de los concilios ó de los santos padres? Oonpluyo de

esto, que solo los eclesiásticos habrán de abstener'se

de matar

á

los que les hiciesen

~lgun

daño en la hon-·

ra ó en la hacienda.---¿Qué es lo que dices? replicó el

padre. ¿Parécete que seria

razonable~

que los que el

Ifl.Undo debe respetar mas, estuviesen espuestos

á

la

insolencia de los malos? N:uestros padres han preve–

nido este desórden; pues Tanero dice, que

es permi–

tido

a

los eclesiásticos

y

á

los religiosos mismos, matar no

solamente por defender la vida, sino tarnbien sus bienes

ó

los de su comunidad.

Molina,

Be~ano,

Reginaldo,

Lay–

man, Lessio

y

otros se sirvéii de las·

mism~s pal~bra:s.

·Y aun, segun nuestro padre Lamy, es permitido

á

los

sacerdotes y á los religiosos prevenir á los calumnia–

dores, matándolos, para que no puedan calumniar-

los"

[y

copia el texto.]

.

Prosiguiendo nuestra pesada y amarga, aunque útil

tarea, pongamos á la vista de nuestros lectores las si–

guientes palabras del P. E stevan

Fagundez-~'si

un

sacerdote que se halla celebrando, es invadido por al–

guno, puede dejar lícitamente la misa para defender–

s-e, y si logra matar al invasor,

puede volver inrnediata–

mente·al altar

y perfeccionar la misa." [255]

· 366. Si ha chocado

á

nuestros lectores la anterio'r

sentencia, los llenará de horror las que ponemos á con–

tin.uaciun. Empieza preguntando

el

P. Dicastillo, "¿st

á

un híjo le será permitido matar á su padre, ql,le se

halla proscrito?" y responde así-"muchos afirman;

pero es mas probable que no: pues el hijo no deja de

serlo,·

y

de tener una obligacion natural para-con

SQ.

pa~re.

Sin embargo yo juzgo, que si: el padre es da–

ñoso··á la República

y á

la comunidad, y no hubiese

otro remedio para apartar el daño,

yo

aprobaría en–

t0nce¡s la sentencia de los primeros. Porque, así: co–

mo el hijo ·puede acusar al padre del crímen de here- ·

gía

?

de lesa magesta(!,

y

otros que redundan en de..

tJ.'imento público, aunque sepa ciertamente que el

pa-