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·;,mildement~
suplíco·á. V. B.
&c.
Que ántes
de
toma'i''Ja-resolucion .
:que S.
M.
soiicitaba en esta Carta , murió el
Santísimo
Padre CLe-
·
mente
Oftavo
,
á
quien se dirigia ,
y
de cuya órden se estaba cono- ·
. ciendo de las controversias
suscitadas~
pero jnmediatatnente que
fue éleél:o en Sumo Pontífice•
el
Santisimo Padre Leon Once.,
aten–
'diendo
á
la justa solicitud del Rey Católico , y deseoso de conCluir
·de una ve;¡; tan
ru)~osos
litigios·, acetando la "i'étnisioh
qu~, par~
venir
á
un equitativo acomodamiento·,
ll~bía
hecho
á
.la
~ede
.dpó!._
tolica
la
Congregacion
del Clero de estos
ReJnos
,
cuyb negocio es–
taoa examinado por su. aptecesor , para
~oÑ:-ar
ele
,raiz- toda di$pÜ.::.
tá
,_,_de
motu própio
,
&
ex;certa scientia
,
d_eterminó , que en ·adelan:..
te
la
dicha
Compañia
,
sus
Casas
y
.qolegios
; ·pagasen
de
todos sus
.bienes, ,'! efeél:os, · que segun costumbre deben diezm-ar.,
así
de
los que tenjan ' "como
d~ .
los ' que
en .
las ·nuevas fundaciones de
Casas
y ·
Cr¡legio.s
se
les
diese para su · dotacion , ·
y
á:..
los labra–
ser ··por sí '
y
á
los diesen en .arrendarrrieiíto' de
vei~te
.uno' en
· lugár
d'el riguroso diezmo ; pero que
de
Jos bjenes que comprasen
en
."1e1ante,
6
de los agenos que lahrasen por arrendamiento , pa–
gasen ·
p·or·
entero el Diezmo ,
y
solo fuesen ése·mos de pagarle · de
Jos
huertos
,-que
tubiesen ·dentro de sus Colegios eh las Ciudades,
y
Poblados,
y
por cada Colegio un
predio/o
en
el campo
,
con tal que
estubiese cercado ,
y
no excediese de quatto ·fanegas • de .terreno,
·-cuyo
Breve
se
expidió en
2
3
de Abril det año
de
16~5
,
pocos días
·
~ántes
de Ia pronta , inbpinada ,
y
sentida muerte de este Sántisim!J
~ Papa.
Que con "tan clara declsion, y tan favorable
á
la
Compn.fíia;
p·arecia
sé
debía haber a·quietado esta , sin mover nuevas instan–
cias,
·y
litigios en extension de su pretendida esencion de Diez–
mos; pero lexos
<le
esto
acud~ió
el·
Padre Preposito General
de la
Compañia
á
la
.Santidad de Gregorio Quince
,
para que extendiese la
expresada Gracia Pontificia ,
á
q~e
de ningun modo estubiesen oblt
gados
.á
pagar Diezmos ; sin6 tomo los demás Mendicantes habian
acostumbrado pagarlos , de los bienes que de qu;¡lquiera manerii
.. tubiesen adquiridos
,.·6
efi adelante adquiriese la dicha Compañi<r,
-ó
sus
Religiosos
:
lo
que asi se ··concedió en
1
5
de
Febrero
de
1622.
Pero advirtiendo·
el
exceso
y
notorio .-perjuicio , ·que de semejante ·
extension se seguía contra lo di&puesto .,
y
tan maduramente acor–
oado , por
el
Santísimo
Padre
-Le.onOnce
,
de felíz memoria ' la
San–
tidad 'de
UrbarJo
Ofi"~Jvo ~
en el:sig-uiente
año
·de
1
~23
.,
á
los
20
de
Noviem~- ,
por .su
motupropio
revóc6, casó ,- abtog6 ·,
y
anuló en
fodo
y
por todo las expresadas
Letras de Gregorio Quio{e-,
mandan-.
.
qo