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para los destinos de E-;paña; pues en· cada una de
ella~
se vé
m.lte,·iJ.!mente el rumbo ,
ó
metodo, que se ha seguido , para
ace11der
a
los objetos de la misma Real Cédula,
a
los de las
Fundaciones ,
y a
la utilidad , necesidad,
ó
proporcion del
Pueblo donde se halla situado cada Colegio,
ó
Casa., que.fue
de los.Regulares de la Compañia.
~e
en la Coléccion de
pro–
viJencias exp;::didas , con motivo de la ocupacion de tempo–
ralidades se hallan insertas las Ordenes. comunicadas
á
los
Pre~
lados edesiisticos .,
a
los Comisionados Reales ,
y
Ayunta–
mientos de los Pueblos ,. para hace¡: los Informes conveqien–
tes ,
y
concurrir con sus noticias
<i
el
conocimiento de todo ,
lo necesario para la aplicacion. Y
á
fin de facilitar con segu–
ridad
y
acierto la de las Casas , Colegios , Residencias ,
y
Mi–
siones que corrieron
á
cargo de los enunciados Regulares de
la Co-mpañia en mis Dominios ultramarinos de Indias , é Islas
filipinas , dentro de aquellos mismos Países , con toda la uni–
formidad posible
á
las reglas
seg~1idas
,
y
prafricadas en Espa-:
ña; variando .solo en lo que pidan las circunstancias locales,
propusieron mis Fiscales las convenientes, que se vieron ,
y
ex~minaron
en el citado mi
Cons~jo
, con asistencia de los_
Prelados que.. tienen asiento
y
voto en él ,
y
sucesivament~
elí},
Consulta de seis de
Junio
me expuso su uniforme parece\'-. ,
·Y
conformíndome con él por mi resolucion
á
la citada Constll–
ta , publicada en diez
y
ocho del mism'o
.·m~s
, vine
~n
expe–
dir esta mi Cédula , por la qual ordeno :
~e ~n
las aplica–
dones,
y
destin'o efe las Casas, Colegios , R esidencias ,
y
Mi–
siones , que fueroí1 de los Regulares de.
la
Comp1ñia en mis
Dominios ultramarinos de las Indias Occidentales , é Islas Fili–
pinas , se observen
y
guarden por los 'Comisionados ,
y
J un–
tas que mando establecer ,. inviolablemente las, siguientes re-·
glas,
y
forma de proceder en este grave asunto.
I Mando en primer lugar , que en los citados mis Don1i- •–
nios ultramarinos se formen diez Juntas Superiores , que
a
u"fi
tiempo mismo procedan
á
examinar ,
y
acordar los destit10S de
O
2. ·
·
las