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9~-

han (1). Con esto quedaba ya instituido el ministerio personal

para la predicacion

y

la remision de los pecados por el bautismo.

Pero esto no era suficiente para proveer

á

las necesidades de la

Iglesia, y realizar completamente el plan de la redencion·. Los fie–

les despues del bautismo podían caer en nuevos pecados; la miseria

humana

y

la malicia de los enemigos los babia de precipitar en

graves crímenes, por los cuales perderían la gracia bautismal

y

que–

darían sujetos

á

]a eterna condenacion. Se hacia pues de todo

punto necesaria la institucion de un tribunal de justicia

y

miseri–

cordia, en el cual el pecador arrepentido obtuviese el consuelo de

la remision de sus culpas,

y

el delincuente obstinado fuese repe–

lido y remitido

á

la justicia divina;

y

Jesucristo iba disponiendolo

paulatinamente

á

fin de dejarlo establecido antes de ausentarse de

este mundo. Al poner la piedra fundamental de su Iglesia

y

al

nombrar al Jefe de la Jerarquía que debía regirla

y

gobernarla,

le prometía una plenitud de potestad tan sin limites, que no solo

extendía sus fueros

á

un reino visible, sí que á la vez alcanzaba

desde lo mas interior de la Iglesia hasta las mismas puertas del

.cielo.

e(

Así, ó Pedro, Le daré las llaves del reino de los cielos;

1

»

y

todo lo que atares sobre la tierra, atado será tambien en el

»

cielo;

y

todo lo que desatares sobre la tierra, así desatado que–

»

dará en el cielo

(2).

»

Este admirable poder confiado

á

Pedro;

y

por Pedro

á

los demas miembros de la jerarquía eclesiastica, ha

producido en todo tiempo en los corazones católicos emociones de

confianza y tierna gratitud, hasta hacer brotar de sus labios lo que

Tertuliano ya en el siglo 11 decia con igual afecto :

«

Si todavía

»

temes que el cielo esté cerrado para tí; recuerda que el Señor

dió sus llaves

á

Pedro, y por él á la Iglesia (3).

»

Esta derivacion del-poder espiritual, que abrazaba en general

á

(f.)

Joan., c.

m,

v. 22, etc.

IV,

v. 2. -

(2) Matth., c.

XVI,

v. f.9. -

(3)

«

Si ad–

.. huc clausum putas coolum, memento claves ejus hic Dominum Petro, et per eum

»

Ecclesire

reliquiss~.

»

Scorpiaci, cap.

f.O.