DE CELEBRATIONE MISSARUM.
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cada vez, que la quebrantaren, aplicados la mitad
para los gastos de la Santa Cruzada,
y
la otra mi–
tad para la fabrica de la Iglesia, donde se dixere la
dicha Missa, como dicho es.
CAP. IV.
Que en las Missas cantadas se diga el Credo entero.
Por el capitulo sexto del titulo tercero de las di–
chas Constituciones Synodales d el dicho Señor D.
Bartholome d e buena memoria está dispuesto, que
en las Missas cantadas conventuales se diga la Glo–
ria,
y
Credo,
y
el Prefacio cantado,
y
en los Monas–
terios de Monjas,
y
en los Pueblos de Indios se ha
ido introduciendo no cantar el Credo enteramen–
te, sino dexarlo, en diciendo: Et hom8 factus est,
con ocasion d e cantar Villancicos,
y
otras cosas, no
pertenecientes al Santo Sacrificio de la Missa ; Man–
damos , que en todas las Iglesias de nuestro Arzo–
bispado se guarde la dicha Constitucion,
y
se diga
el Credo
ente1~amente;
lo qual guarden,
y
¡::umplan
en virtud de sa,nta obediencia,
y
sopena de seis pe–
sos corrientes al Vicario,
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Cura, que lo consintie–
re, aplicados, como dicho es, en las Constituciones
de arriba,
y
exhortamos
á
los Padres superiores de
los
Convento~" ~~
Religiosos, hagan, que en ellos se
cumpla
CAP.
V .
Que no se celebre el Santo Sacrificio de la Missa en las Naos:
assi navegando, como no navegando.
Aunque por derecho,
y
vlt imamente por el San–
to Concilio de Trento está prohibido, que se digan,
Missas fuera de las Iglesias,
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lugares aprobados
po1· el Ordinario, de poco tiempo á esta parte se á.