LIBRO CUARTO
TITULO I .
DE SPONSALIBUS , ET MATRIMONIJS .
CAPITULO
l.
Que los, que hizieren Matrimonios Clandestinos,
y
contra la
forma del Santo Concilio Tridentino, incunan en Excomu–
nion ipso facto,
y
en las demás penas, que van señaladas.
Orque de celebrarse los Matrimonios Clan–
destinamente, resultan pecados, y of{m–
sas contra Dios Nuestro Señor, y otros
graves inconvenientes, que el Santo Con–
cilio Tridentino (77) quiso prevenir, con
ordenar, que antes, que se contrayese,
pr ecediesen tres amonestaciones en la
Iglesia,
ó
Iglesias, donde los contrayentes fuesen
parrochianos, y que interviniese el Cura de la Par–
rochia, y dos,
ó
tres testigos , y que,. si faltase la
'
presencia del dicho Cura, Vicario,
ó
de otro Sacer-
(77) Ses. 24 de refor mal. cap. 10.