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LIBRO CUARTO

TITULO I .

DE SPONSALIBUS , ET MATRIMONIJS .

CAPITULO

l.

Que los, que hizieren Matrimonios Clandestinos,

y

contra la

forma del Santo Concilio Tridentino, incunan en Excomu–

nion ipso facto,

y

en las demás penas, que van señaladas.

Orque de celebrarse los Matrimonios Clan–

destinamente, resultan pecados, y of{m–

sas contra Dios Nuestro Señor, y otros

graves inconvenientes, que el Santo Con–

cilio Tridentino (77) quiso prevenir, con

ordenar, que antes, que se contrayese,

pr ecediesen tres amonestaciones en la

Iglesia,

ó

Iglesias, donde los contrayentes fuesen

parrochianos, y que interviniese el Cura de la Par–

rochia, y dos,

ó

tres testigos , y que,. si faltase la

'

presencia del dicho Cura, Vicario,

ó

de otro Sacer-

(77) Ses. 24 de refor mal. cap. 10.