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siones de nuestros mayores, empleadas precisamen–

te e n aquellos tiempos fe lices e n que nada resolvían

los obispos sin consejo y acue rd o de su clero. Algu–

nos prelados de la ig lesia de Francia e n esta última

época se ha n servid o del mismo abuso; pe ro otros

mas ilustrados,

y

los mejores teó logos fr anceses, ·no

han cesado de reprocharl es. qu e á impu lsos del fana–

tismo renunciaban á las máximas mas notorias de s u

igl esia. Admíram e mucho qu e e l autor de cierno libro,

titulado:

De suprema 1·omani pont1jicis auctoritate

lwdie1·na ecclesit:e galicana doct1·ina,

haya pretendí·

do probar co n las auto rid ades de l ca rd ena l de B issi,

d el obispo Lanquct

y

de otros obispos constitu cio·

narios, desertores públicos de las máxim-as de la

iglesia gali cana

á

la faz de toda la F rancia, que se–

g un la doct rin a co nstante de dicha iglesia, no debo

distinguirse la seda de l obispo, ni el papa de la sedo

apostólica; y que esta disti nc ion es a rbitrar ia,

é

in–

ventada por novado res para sacud ir el yugo de toda

obediencia a l soberano pontífice. No e;: mi ·propósi–

to refutar ;;:emej ante libro fundado por una parte en

algunas equ ivocaciones,

y po r otra

a poyado comun–

mente en la áutoridad d e person.as, qu e co n

el

calor

de la disputa y e l fanat ismo de partido, pusieron e n

olvido las máximas nacionales mas co nstantes

y

uni–

ve rsalme nte reconocidas. Q uizá en e l di sc urso de

este escr ito se me ofrecerá ocasion ele volver á ha–

b la r d e dicha obra: bástame po r a hora que sea un a

ve rdad, no so lo recibida e n F rancia, aunq ue dese–

chada en nuestros dias por a lgunos pocos fanáticos

constitucion a ri os, sino abrazada por todo el que tie–

ne a lguna tin tu ra de la antig ua disciplina, de la natu–

raleza de l órcle n geriírqu ico, y de las reglas de l buen

juicio, la do que el ob ispo y su ig lesia, la setle y ol

presiden te son objetos que naturalmente se distin–

guen:

y

que s i bien el uno corno gefo visib le de

la otra tenga derecho á representarla, de hecho no