-~04,-
tiempo,
y
de meses
y
años. Los que para sostener las
prerogativas del Romano Pontífice, en contraposicion á los
Concilios jenerales, dicen ufanos, q ue el cuerpo del Conci–
lio, no puede estar sin su cabe7.a el Papa, deberían espli–
carnos, cómo puede vivir el cuer po de la Iglesia sin su cabe–
za el Papa en las vacantes. T ienen las metáforas la funesta
virtud de desnaturalizár á veces las materias, cuando se pre–
tend e llevarlas ¡nas .allá de lo que han menester, ó traspasan
los límites de una racional aplicacion.
E l segundo caso es el de cisma, que será mas apurado, si
este se prolonga, como sucedió en el que tuvo principio con
U rbano VI que duró mas de 30 años. No nos diga n los de
la Curia, q ue en los cismas hubo siempre
1111
Papa leji timo:
p orque si la Iglesia es un cuerpo moral ó una sociedad, ne–
cesita para su réj imen de un jefe, que
á
toda luz lo sea á
Jos ojos de la Iglesia para conducirse. No son las d isputas
teolójicas de la escuela las que pueden sa tisfa:cer las necesi–
dades, y llenar los votos de los fieles; ni los usos
ex post
facto
de la Curia pueden borrar de la historia las incerti–
dumbres y perplejidades de las Iglesias, donde por una y
otra parte había varones doctos y santos, y las ince rtidum–
bres y perplejidades de las naciones, en q ue hombres jui·
ciosos opinaba:n, que para terminar el cisma, no debía reco–
nocerse por Papa
á
ningunó de los conteudores.
El tercero y mas a punido caso será el de suponer, que
un Papa evidentemente lejítimo se halla en oposicion con
un Concilio ecuménico; y aquí entra la gravísima cuestion
q ue nos vemos precisados á entablar, sobre ¿á cual de los
dos deberán obedecer las Iglesias, ó cual de los dos será
su~
perior? En los primeros siglos no se hubiera hecho esta
pregunta.
A
los que nieguen la suposicion de que haya
Conci.Iio general sin Papa, les opondremos el irrecusable
testi1nonio de Belar.mino, á cuyo juicio, bajo de este punto
de vista se entabla principalmente la cuestion, pues solo en
él puede disputarse, si el Papa puede ser depuesto contra
su .voluntad.
58.
Superioridad del Concilio.-
la.
prueba tomada de do–
cumentos autenticas.
~mpecemos
notando, que segun la propia confesion de