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4·0.
¿Necesita el Concilio general la c01¡jinnacion pont ffida?
Suponemos que e l R omano Pontífice hubiese concurrido
al Concilio personalH1cnte, ó por sus Legados: ¿habría obli–
gacion en el último caso d e dirijirse
á
é l, para que ap_robára
las actas d el Co ncilio? Para
respond e r, prcguntémos an–
tes: ¿Habría obligacion d e hace rlo, si se tratara d e otro
Obispo, q ue hubiese concurrido por procu rador? Ning un
Obispo tendría semejante prete nsion, y la Curia misma se
burlaría d e e lla : porque alegar d erecho para examinar y
s uscribir las acta• d e un Concilio,
á
que se hall ó prese nte
por procurador, seria pretend er un doble s ufrajio, ó fallar
dos veces en una misma causa. S i se nos hiciera la misma
pregunta r especto ele los metropolitan os, y pa triarcas, por
la especial r e presentacion que les d an estos
títulos, d aría –
mos la misma r espuesta. ¿Por qué pues ha d e mirar se como
d erecho del Romano Pon tífice, lo que seria un ab surdo e n
los d emas obispos, y metropolita nos y patriarcas? En e l
Concilio d e J erusalen, modelo d e todos los concilios, San
Pedro habló y d efinió co n los clemas apó sto les, sin a legar
nuevos y sing ulares títulos, ni d ejarlos
á
sus sucesores. ¿De
dond e pues se ha tomad o el privilejio d e la confirmacion?
Porque, las palabras d e Jesucristo
co;¡firma f rat;·es tuos
quedan esp ues tas e n su verdader o sen tido.
4 1.
El Concilio Niceno no fue cO??finnado po;·el Papa.
Cua ndo lós historiadores nos han hecho sab er, que Sa n
S ilvestre no pudo concurrir, por su estrema vej ez, a.l Conci–
lio d e N icea, añade n que e nvió dos p resbíteros que hi cie–
r an s us veces,
y
á
nombre suyo suscribie ra n las actas. Al
h acer memoria uno d e ellos d e lo acaecido en dic ho Con–
cilio, á que concuL'rió como Obispo, no pone una sola pala–
bra q_ue pudier a indicar ni r emotame nte la necesidad de pe–
dir a l Papa la confi •·macion, como d ebería habe r sucedid o,
si
á
mas d 6 la rresencia del sucesor d e Pecho e n sus L ega–
d os, fuera nece aria su intel'\'enci on persona l, para d a r Jir–
meza é infa libil idad
á
lo d e finid o. E l Obispo Eusebio dice,
que todo se hizo dé comun consen timiento, se pu so por es–
crito, se _suscribió, y que el E mperador Constantino dió