una Carta muy reverente y sumisa, en que procuró
disculp~ rse
con
la
necesidad; diciendo que no precisó ni requirió á Eclesiás–
dco alguno para la conduccion; que por tanto, unos enviaron
sus caballerías ; y otros no; que no habia sido su ánimo ofender
al Estado; y que si al R. Obispo le parecia conforme otro efecto
de su obediencia se lo mandase.
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No pretende
el
Fiscal disculpar
el
error de este Corre–
gidor; pero sf es de considerar, que su pronto reconocimiento,
y
un oficio de,tanta sumision como
el
que pasó á
el
R. Obispo,
era acreedor á que con él se dilatasen las benignidades de un Pre–
lado de
h
Iglesia.
7 84
Sin embargo de todo, y aunque este Corregidor no
hubiese he ho procedimiento judicial con los
Edesi~ sti~os,
fue
comparecido
á
el
Tribunal del Obispo, excomulgado, arrastra–
do
á
el
Tribunal de la Nunciatura, y á la Corre de Roma para
obtener suspension
y
absolucion de las censuras; y finalmepre,
ha.bkndo conseguido Rescripto para ser absuelto, se dieron con
t anta restriccion por
el
R. Obispo las comisiones para absolver–
.le, que no consta si hasta ahora há logrado salir de su aRiccion.
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5
Este es el Juez que dice el R. Obispo que no babia
hecho constar
la
absolucion; porque á la verdad, quando hizo su
Representacion no estaba requerido con el Rescripto de Roma.
El Fiscal dexa para despues decir lo que se le ofrece sobre este
modo de decretar las censuras,
y
solo há puesto delante estos dos
casos; porque siendo únicamente los que constan de Justicias,
que executasen á los Clérigos
á
la conducdon de granos, exami–
ne y resuelva
el
Consejo qual de las dos jurisdiciones, Eclesiásti-
.ca ó Secular, há sido la·mas agraviada.
7 8
6
Tampoco pretende
el
Fiscal detenerse en la apología de
los derechos del Rey, para valerse de las caballerías de Eclesiásti–
cos ea.·casos
d~
calamidad y necesidad pública,
y
en que no bas–
tan las de
~os
legos para socorrer
y
alimentar su Corre. Sabe
el
Fiscal, que Autores muy graves defienden
y
afirman, que _pue–
de hacerse, y parece que lo persuaden la razon , la caridad, y
el
pacto social que envuelve la admision del Clero en
el
estado.
'
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Con todo há visto
el
Fiscal en
el
Expediente, que ha-
biéndose movido igual disputa entre
~1
Intendente y Juez
Ecl~siástico de Valencia, sin embargo del Fuero de aquel Reyno, en
que son gravados losEclesiásticos con todo género de cargas pú–
blicas por los bienes qne adquieren, se sirvió la piedad del Rey
inandar, que no se les obligase á la
con~uccion
de granos.
Lo