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129.

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1

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ano gravlSlmo ,

tgno tam 1en

e reme

10.

77 5

Así, pues, concluye el Fiscal este punto, en que se

bá dilatado mas de lo que pensaba, diciendo , que venerando,

como venera, quanto

el

Consejo haya discurrido

y

acordado en

él, no puede menos de expon"'r., que una Ley prudente y

equi~

tadva para contener la amortizacion, es conveniemísima, y aun

11ecesaria al Estado

y

á la mejor disciplina eclesiástica.

776

Otra queja dd R. Obispo es, que

el

Marques de

Squilace di6 6rden

al

Intendente de Cuenca en

2

9

de Abril de

1

7

6

5 ,

para que á las conducciones de granos á esta Corte, por

la estrechez y necesidad que se babia concebido, concurriesen

las caballerías de los Eclesiásticos.

7 77

Aunque resulta del Expediente ser cierta esta 6rden,

tambien consta , que

el

Intendente para execmarla pidi6 auxllio

al R. Obispo ; que esre se escus6 á darlo; que

el

Intendente lo

represenc6 así , suspendiendo comunicar la 6rden á los Pueblos

de su Provincia; y que no habiéndose!e repetido mra para que

la llebase

á

efecto, se quedaron las cosas en este esta o.

77 8

El

R.

Obispo dice, que en consecuencia de esto obli–

garon las Justicias de los Pueblos

á

muchos Eclesiásticos con cita–

ciones personales

y

registros á que hiciesen la co 1duccion.

7 7

9

Sobre este punto solo resulta de

los

Testimonios remi–

tidos por

el

R. Obispo, que en consecuencia. de una 6rden del

Correo-idor de San-Clemente, para que concurriesen á las con–

ducci~nes

las caballerías de labradores, acabada la sementera,

sm discincion de clases, ni estados, el Corregidor de Sisanre rnan–

d6 fixar edicto con igual expresion, y

que

á

los distinguidos se

die-~

se recado político.

7

8o

En efecto consta, que se form61ista de los que podían

concurrir á la conducdon;

y

entre ellos se expresaron varios Ecle–

siásticos , á quienes dá fe

el

Escribano,

que dió el recado político,

que

se mandaba

,

y

que quedaron enterados

y

prontos

á

hacer el

C%,tl

ser1Jicio.

7

81

Tambien consta,

y

esta es otra queja del R. Obispo,

que

el

Corregidor interino de Utiel D. Josef Gonzalez public6

Bando para que toda persona sin distincion de estados concurrie–

se con sus caballerías á la citada conduccion, apercibiendo

á

los

del Estado eclesiástico en caso de no concurrir con quarro años

de exterminio de estos Reynos;

siendo del rJ\t!.al agrado de

S.

M.

7 8

2

Este mismo Corregidor , con noticia de que

el

Obis–

po procedia contra él por la publicacion del Edicto, le dirigi6

Kk

una

Conduccion

ae

%/anos.

NOTA.

Trata este punto el

R. Obispo desde el

n.

52

al

53

de su

Informe.

Y há

re–

mitido para su com–

P1'0bacion los testi-.

mon'osuntadosdes.

de eln.

304

á

310.

A

imtancia de los

Srs. Fiscales se

hárJ

puesto en el Expe–

diente los documen–

tos, que dexo senta–

dos en los

nn .

301

á

303,y

3I

I

á

336.

ElSr.

Campomá–

nes

trata este par–

ticular desde el n.

952

a/

954,)'

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á

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