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toS

514

Sin embargo, puede

el

Fiscal asegurar que trabajó

in·

finito en arreglar estos puntos de cóngrua , y facilitarlos ; reco...

nacer, y aun formar las liquidaciones .y planes en muchos Expe–

dientes, en que se·omitieron por impericia; absteniéndose de to–

da contradiccion en lo que no fuese muy clara la fa.lra de justi–

cia,

ú

de prueba, por creerlo conforme .á las piadosas intencio..

nes del Rey; y así serán muy raros los Curas que pidieron .cón"'Z

grua, y no fueron consolados.

··

5

1

5

El tono enfático de aquellas

tantas dificultaJes,

que los

Fiscales opondrían, supone á estos como á unos defensores ca;–

bilosos, y apasionados, que abandonando los sentimientos, que

debe inspirarles el honor de su ·minis.terio,

y

la propia concien–

cia, antepondrían sus caprichos,

6

el interés del Erario, al

ali~

vio de unos Curas necesitados é infelices. No alea za

el

Fiscal,

que este modo de juzgar del mas miserable ptÓximo, ánres

de:,:

certificarse de su conducta, sea muy conforme

la moral de

Jesu-Cristo.

516

Finalmente el R. Obispo concluye este punto de .Es–

cus:ldo, representando · los excesos de los subalternos;

el

crecido

número de pleytos, que solo en su Iglesia dice pasan de ciento;

que por su dilacion y costas serán eternos los perjuicios ; que

siempre será perjudicial la adminisrraciog por la desigualdad in,...

herente á la misma gracia; y que así continuará, si no se ·esta–

blece la

ímic~1

contribucion.

5

1

7

Los excesos de los subalternos habrán sido algunos ,

Ó

tal vez

~uchos.

Esta fatalidad sucede en todo gobierno Ecle–

siástico, y Secular. Lo que toca al ministerio superior es dár re–

glas, y tomar las providencias y precauciones que dicta la pru–

dencia humana, para evitar,

Ó

castigar los desórdenes.

s

1

8

Los Ministros del Rey, concurriendo los Eclesiásticos

que ánces se hán citado , contribuyeron á que se

formas~

Instruc–

cion, á que se resolviesen dudas,

y

á que se eligiese un Tribunal

Colegiado Eclesiástico, donde con maduréz , y examen se resol–

viesen estos puntos.

Allí,

pues, tiene el Clero llano el recurso pa–

ra el desagravio; y quando no 'lo consiguiera, que no puede

creerse, no sería culpa del Gobierno, ni de los Ministros seculares.

5

1

9

Es cierto que son muchos los pleytos; pero no son mas

de ciento los de la Iglesia de Cuenca, como refiere

el

R. Obispo,

sin6 treinta y nueve, como consta de la cerrificacion de la Escri–

banía de Cámara del Escusado. De estos, no todos son de gravá–

men perpetuo , ni á instancia de la Iglesia;

y

casi todos

e~tán

, 6

re..

Pleytos

,

y

cr~

cidos derechos.

NO 'fA.

A

el

n.

24

de eJ..

te M emorial queda

sentado lo que düe

el R. Obispo sobre

este particular

:

m

remite

testimonio

alguno en que

lo

apoye

;

pero á im....

tancia de los

Sr~.

Fiscales se hán

pues~

to en Autos los que

se hallan desde e!

n.

2 0 2

á

24I.

El Sr,

Campoma•

nes

lo trata desde¡

el

n.

xo~p. á .!.011"~

Piez.

3_.

fol.

8

8'~