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rccho que jamas ha sido negado hasta hoy por los Prela–

dos de la iglesia peruana, y que US.

I.,

tratándose de

esta misma Bula, en el tiempo para el que fué concedida,

acató en Junio del año próximo pasado, recavando el

exequatw·

del Gobierno del ex-general Pczet.

S. E. se r esiste

á

creer que estando pendiente la dis–

cusion, y sin que haya recaído reso!ucion alguna del Go–

bierno pueda US.

I.

procecyer en el sentido indicado. Y

cree necesario prevenir á US.

l.

que si se ejecuta la

enunciada Bula sin remitir préviamente esos documentos

y obtener el respectivo

1Jase,

se suspenderán en el acto

los emolumentos y temporalidades, sin pe1juióo de las

medidas que el Gobierno se verá en la necesidad de to–

mar por el desconocimiento del Patronato nacional.

Dios guarde á US. I.

J.

S. TeJedu.

NUMERO 6.

L ima, á

8

de Setie¡nb1·e de

1866.

Señor Secretario de Justicia, Instruccion, Culto y Be–

neficencia.

Sr. S.

Ocupado en contestar el apreciable oficio de US. de

4 del corriente, recibí á las diez de la noche de ayer el

oficio de US., con fecha, sin duda equivocada, de 9 del

actual, en que US. se sirve decirme que "S. E. sabe que

be determinado no remitir al Gobierno, en solicitud del

exequatu1·,

la Bula y Letras apostólicas á que se contra–

jo U3. en su anterior oficio, y que yo be resuelto proee·

¡;