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rccho que jamas ha sido negado hasta hoy por los Prela–
dos de la iglesia peruana, y que US.
I.,
tratándose de
esta misma Bula, en el tiempo para el que fué concedida,
acató en Junio del año próximo pasado, recavando el
exequatw·
del Gobierno del ex-general Pczet.
S. E. se r esiste
á
creer que estando pendiente la dis–
cusion, y sin que haya recaído reso!ucion alguna del Go–
bierno pueda US.
I.
procecyer en el sentido indicado. Y
cree necesario prevenir á US.
l.
que si se ejecuta la
enunciada Bula sin remitir préviamente esos documentos
y obtener el respectivo
1Jase,
se suspenderán en el acto
los emolumentos y temporalidades, sin pe1juióo de las
medidas que el Gobierno se verá en la necesidad de to–
mar por el desconocimiento del Patronato nacional.
Dios guarde á US. I.
J.
S. TeJedu.
NUMERO 6.
L ima, á
8
de Setie¡nb1·e de
1866.
Señor Secretario de Justicia, Instruccion, Culto y Be–
neficencia.
Sr. S.
Ocupado en contestar el apreciable oficio de US. de
4 del corriente, recibí á las diez de la noche de ayer el
oficio de US., con fecha, sin duda equivocada, de 9 del
actual, en que US. se sirve decirme que "S. E. sabe que
be determinado no remitir al Gobierno, en solicitud del
exequatu1·,
la Bula y Letras apostólicas á que se contra–
jo U3. en su anterior oficio, y que yo be resuelto proee·
¡;