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Pero esta n.preciacion de
:-\.
l.,
es presisamente la qu
eompeLe hacer al GoLierno,
y
en cuya exclusiva facul·
tarl consiRLc el qjcrcicio del Patrona Lo
y
regalías de la
• acion. Por fundada que sea esa apreciacion, el Go–
bicnw es el que debe expresarla con propia autoridad.
Admitir lo contrario, seria establecet· el principio de
que solo se deben someter al
1Jase
del Gobierno las Le–
t ras Bulas, Breves
&.,
que -en concepto
del11Ie~ropol ita
no menoscaben las regalías nacionales..
Aceptándose que las letras prO!:ogátorias no alteran
ftbsolutamente la Bula
Quanta
euTa,
S. E.
pide esas le–
tras
y
el expediente que contiene la Bula
¡Í
que ellas se
refieren, porque el
tJase
que necesi an las Letras es el
mismo que servida
á.
la Bula, para que pudiem tener
efecto en la
acion. La Bula, sin la próroga de
11
San·
tidad, no habría dado
á
US.
I.
det·eelw para celebrar el
.J
uLileo, sin que la próroga obtuviese expresamente di–
cho
pase.
El
exequoatu1·
concedido par.a.
1
65
no es:iste
ya. La Bula
Quanta
cuTa,
es
como uua
nueva
B11la pa:
a·a el Gobierno actual,
y
como lo bahria sido
~ara
el
mismo Gobierno del ex-Q-c-neral Pezet, si .estuviera hoy
:t
la cabeza de la República,
y
si
despues de trascnrl"Ídl}
el
año de
1 65,
sin haberse llevado á efecto dicha
Bula,
se hubiera iratada de darle vigol:' media,nt.e
la
pr.óroga.
Cuando
menos
habría
necesitado
U . L
una
prórog¡¡,
del
pase,
puesta pot· el Gobiemo con las solemnidadoo
de ley, al pié de las letras de Su
~autíilll.d.
S.
E.
no encuentra ménas inelieáz
h
segunda, razott
que
U", L dá.
en. s11
citado
oficio,
y
que se
redu.eeá
expo–
net· que
US.
I.
no es ni puede ser lt'espotlsabie de k
ín–
fraceiou que cometió el
ex-General
Peze·t, ea no
habe~:"
obtenido el
prévio
aseotímíento del Congreso, para. ex:–
pedit·
el
exequalu1·
en
J
unío de
1"65,
y
qne
á
US.
J.
le
bastó dejat· satisfecha
la
e.s:ijencia constitucional de
pe-