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232-Tanlbien se dijo por uno de los oradores
ultrau1ontanos que si en las escuelas no se forma–
ban católicos, no habría ciudadanos aptos para
ejercer la presidencia de la Repüblica, supuesto
que la Constitucion exigé la calidad de
católico
para deseinpellar tan alto puesto.
El argtunento, aunque especioso, es ele iodo punto
falso.
En las e.-,cuelas püblicas no se fonnan los
creyentes. Los nillos que
á
ellas concurren están
de ante1nano, por voluntad de sus p.1dres, incorpora–
dos en alguna con1union religiosa; asi es que, ya se
trate de la enselianza laica
ó
ya
~ea
obligatoria la
ensellanza religiosa, el hecho no e:S tá llamado á al–
terar la re1igion de cada niüo .
Tan es así, que el proyecto sostenido por los ultra
católicos y rechazado por las
cámaras ~
ilnponia la
obligacion de la ensellanza relig·iosa
á
los nil'íos
católicos y exigia se respetara la. re1igion de los ·
demas. Dicho proyecto partía del supuesto, perfecta–
mente fündado, de que cuando los nillos van
á
las
escuelas tienen ya su relig·ion y que en dichos esta–
blecilnientos no debia procurarse variar el sendero
de cada uno, sino afirmar
á
los católicos en sus pro–
pias creencias, dejando
á
los demas en posesion de
las suyas.
Por otra parte, el argu1nento referido tiende
á
es–
tablecer una confusion lamentable entre la persona
del prin1er magistrado de la nacion
y
la autoridacl