-279-
149
.-Desde lueg·o.
1
convi ene establecer una dis–
tincion entre los actos ofic:ia les de un funcionario
eclesiástico y los actos que
ll«)
tienen
tal
carácter.
J..JOS
prin1eros deben propender
á
consolidar el pres–
tigio de las instituciones vigentes,
ó
por lo 1nenos
á
facilitar el -cumpli1niento
de
las leyes dictadas
para el rnej or bienestar social.
Se puede
recla–
Inar contra
las leyes que se consideran injustas,
pero no se puede incitar
á
su desobediencia nlien–
tras tienen
el
carácter de tales.
150.
--Ahora bien, una pastoral es
un
documen–
to oficial , y en esa clase de documentos el
se11or
Olélra
hizo
al gobierno hnputaciones avanza–
das
con
el objeto
de
desprestigiar la escuela
norn1al de Córdoba.
Dijo el
expresado
fun–
cionario en su primera pastoral. ......
«
y
siendo en el
presente caso
protes tante~
las 1naestra
s,
la escuela
regentea
da
por
f~lla s,
será
inevUaúlen~ente
protestan–
te.,
,
La consecuencia es forzada.
l.Jas escuelas serian
protestantes si se hubiese nombrado
á
las maestras
con el objeto especial de enseñar la re1igion protes–
tante.
Pero no solan1ente no tnvo lugar esto, sino
que eu esos ll10lnentos, el poder ejecutivo sostenía
en las cámaras legb;lativas el principio
de
la ense–
ñanza laica.
N
o babia, pues, etnpeño en sostener
los
intere·~es
de tal
ó
cual secta religTiosa: no había
el intento de funcla1
tales escuelas protestantes.