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Ija situacion se hacia n1as rlelicada') n1as digPa
de
estudio~
mas comprometida para los encal·gados
ele despejar las incó6nitas qne e.nbrollaban la so! u..
cion del pr0blema prin\·ipa
l.
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-En tales circnnstandas se produjo un hech0
que
cambióla~ittl1cion.
Fray
01pistrano
Tissera
obispo
ele<~to
p1ra la diócesis de OSrdoba en sede
vacnnte, recjbió las bnlas relativas á su
in~titucion
canónica, las cuales obtuvieron del ejecutivo el pase
n~cesario,
auuqne con la.
.: correspondientes reservas
en favor del p1tronflto. Prest.ó á los
po~os
días
el juramento
respectivo~
como obispo de dicha
dió–
cesis, tomó posesion del gobierno del obispado
y
~e
hizo consagrar con -arreglo
á
los ritos
y
ceremonias
prescritas por la Iglesia.
Desde
es~
momento cesó
lR
autoridad ejercida
por el se11)r Clara, en su carácter de vicario. La
suspension decretada por el
gobier~o
se produjo,
de
hecho, como un resultado natural de los
suce~os
mis–
mos.
N
o habia ya razon ni pretexto para el empleo
de la fuerza,
y
la fuerza no se empleó.
La imparcialidad nos obliga
á
reconocer qae en
este caso tambien, el poder ejecutivo se 1nantuvo
dentro de los límites de
1a
moderacion
y
de una sa–
ludable tolerancia. No solo esperó que el nuevo
obispo tomara posesion de su diócesis, sino que con–
tribuyó
á
que esto se realizara lo mas pronto posi–
ble.
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