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Córdoba, sobre si este tenia

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no jnrisdiccion para

reprimir Jos

impretneditado·.~

avances de su gefe.

Mas, para proceder con toda la calma

y

circuns–

peccion debidas, aconsejó que, con1o 1nedida prévia

se pidiesen al cabildo,

ad efect?Jt1n videndi,

algunos

docu1nentos relativos

á

su constitucion orgánica–

documentos que fueron pedidos por el señor nlinis–

tro del culto.

146-Los sucesos é incidentes relatados dieron

orígen á nuevas dificultades que si bien resueltas

en el órden adnlinistrativo, con arreglo á las leyes

pátrias, no lo fueron en el órden ele los hechos.

El vicario Clara no se sotnetió

~

la segunda inti–

nlacion que se le hizo para que cesara en el ej erci–

cio de sus funciones; 1nas bien pareció resuelto

á

arrostrar todas las conseeuencias de su resistencia:

esto por lo que hace á su suspension. En cuanto

á

su enjuicianliento, tampoco quedó iniciado en esos

n1o1nentos, por dificultades que opusieron algunos

de los magistrados encargados de llevarlo á cabo.

· De este 1nodo) las cuestiones parecían entrar en

un periodo üe complicacion n1as difícil.

Se presen–

taba sin duda, para el gobierno, la perspectiva de

verse en la necesidad de emplear la fuerza, lo cual

tiene siempre algo de odioso

y

suele dar pretextos

para presentar co1no víctimas ó mártires de sus

creencias á los que, en realidad, son conculcadores

de la ley.