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Córdoba, sobre si este tenia
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no jnrisdiccion para
reprimir Jos
impretneditado·.~
avances de su gefe.
Mas, para proceder con toda la calma
y
circuns–
peccion debidas, aconsejó que, con1o 1nedida prévia
se pidiesen al cabildo,
ad efect?Jt1n videndi,
algunos
docu1nentos relativos
á
su constitucion orgánica–
documentos que fueron pedidos por el señor nlinis–
tro del culto.
146-Los sucesos é incidentes relatados dieron
orígen á nuevas dificultades que si bien resueltas
en el órden adnlinistrativo, con arreglo á las leyes
pátrias, no lo fueron en el órden ele los hechos.
El vicario Clara no se sotnetió
~
la segunda inti–
nlacion que se le hizo para que cesara en el ej erci–
cio de sus funciones; 1nas bien pareció resuelto
á
arrostrar todas las conseeuencias de su resistencia:
esto por lo que hace á su suspension. En cuanto
á
su enjuicianliento, tampoco quedó iniciado en esos
n1o1nentos, por dificultades que opusieron algunos
de los magistrados encargados de llevarlo á cabo.
· De este 1nodo) las cuestiones parecían entrar en
un periodo üe complicacion n1as difícil.
Se presen–
taba sin duda, para el gobierno, la perspectiva de
verse en la necesidad de emplear la fuerza, lo cual
tiene siempre algo de odioso
y
suele dar pretextos
para presentar co1no víctimas ó mártires de sus
creencias á los que, en realidad, son conculcadores
de la ley.