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co~tnm
bres, historia y carácter de sus habitantes:
-eonocimientos que indudable1nente no poseen
respecto de todos los paises católicos los encarga–
dos de preparar las decisiones del Vaticano.
Si se
dejara que prevaleciesen los
mandato~
pontificios
sobre las leyes que cada Estado se dicta, para su
propio gobierno, se invertiría el órden natural de las
cosas dejando que proveyesen á la satisfaccion de las
necesidades de la Repüblica los que n1enos las co–
nocen
y
los que se encuentran en peores condicio-
. nes para proceder con el debido acierto.
Todo lo expuesto 1nanifesta, como lo enunciamos
ya, que las autoridailes nacionales no pueden ni deben
dejar que prevalezcan los 1nandatos de
la Iglesia
sobre las leyes de1pajs·. La 1nision priinordial de aque–
llas autoridades es la de conservar el órden social por
medio del cu1nplimiento de estas últimas. Faltarían
á
ella, desconocerían su orígen
y
sojuzgarían la sobe–
ranía nacional, si coadyuvasen ó consintiesen en que
'
con 1nengua de las leyrs pátrias, la Repüblica obe-
deciese al iinpulso preponderante de las leyes de
la Iglesia.
132.-No estamos ya en la época en que se nos
pueda repetir lo que BonifacioVIII escribió en su
bu~
la
unan sancta1n
á
Felipe el Hermoso rey de
Fran~ia:
hinc te volumus quod in spiritualibus et ternpora–
libus nobis sMbes.
Entonces los pueblos tenían una
nocioP confusa de sus propias aptitudes y de-