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rechos para gobernarse. Hoy se saLe perfectamente
que la Iglesia tiene una esfera de accion que le es
propia, perteneciente al donjnio espiritual y que
el Estado, co1no regulador de las fuerzas sociales
y encargado de conservar e1 órden y garantir el
derecho, puede y debe exigir de todos los indi viduos
y sociedades, incluso la Iglesia, el cumplimiento de
las leyes dietadas para la reaUzacion de tan esen–
ciales con1o sagrados fines.
La intervencion de los poderes del Estado en la
n1archa ele los negocios tmnporales de la Iglesia tie–
ne que ser mayor) .mas constante, 1nas directa si se
quiere, en los paises que, con1o la
Repübli~a
ar–
gentina, se encuentran en posesion de ciertos de–
rechos, de los que ya hemos hablado, sancionados
por el tiempo, por el consentimiento de
la Iglesia
en 1nuchos siglos, por los servidos eminentes pres–
tados
á
ella, y cuya desaparicion, conforme
á
los
principios de la ciencia jurídica, tiene que ser el
resultado de una preparacion lenta
y
1neditada.
133.
-De la demostracion hecha sobre
la
necesidad de que
las leyes civiles prevalezcan
siempre, en casos de conflicto, se deauce: que los
funci\>narios eclesiásticos, en la República argenti–
na, ni en su caráeter de tales ni en el de simples
ciudadanos, -pueden sustrae-rse al imperio de dichas
leyes civiles.
Como ciudadanos, son miembros de la sociedad