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rechos para gobernarse. Hoy se saLe perfectamente

que la Iglesia tiene una esfera de accion que le es

propia, perteneciente al donjnio espiritual y que

el Estado, co1no regulador de las fuerzas sociales

y encargado de conservar e1 órden y garantir el

derecho, puede y debe exigir de todos los indi viduos

y sociedades, incluso la Iglesia, el cumplimiento de

las leyes dietadas para la reaUzacion de tan esen–

ciales con1o sagrados fines.

La intervencion de los poderes del Estado en la

n1archa ele los negocios tmnporales de la Iglesia tie–

ne que ser mayor) .mas constante, 1nas directa si se

quiere, en los paises que, con1o la

Repübli~a

ar–

gentina, se encuentran en posesion de ciertos de–

rechos, de los que ya hemos hablado, sancionados

por el tiempo, por el consentimiento de

la Iglesia

en 1nuchos siglos, por los servidos eminentes pres–

tados

á

ella, y cuya desaparicion, conforme

á

los

principios de la ciencia jurídica, tiene que ser el

resultado de una preparacion lenta

y

1neditada.

133.

-De la demostracion hecha sobre

la

necesidad de que

las leyes civiles prevalezcan

siempre, en casos de conflicto, se deauce: que los

funci\>narios eclesiásticos, en la República argenti–

na, ni en su caráeter de tales ni en el de simples

ciudadanos, -pueden sustrae-rse al imperio de dichas

leyes civiles.

Como ciudadanos, son miembros de la sociedad