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cia de los libros. papeles, títulos de crédito
ú·
otros
val ores · de
a1gun 111 oribnndo, cnya conciencia se
intimida
y
cnya volnntad se coacta.
En todos estos casos,
ó
s despier tan las pasio–
nes
de
la c1e.Jn8g·ogin,
por los
11an1afl os
á
cooperar
al cumplilniento
de
las
1eye~,
ó
se ataca
ilegitin1a–
lnente el derecho ageno, atentaudo contra el honor
ó
la propiedad de
un
tercer0. Asi se con1promete
el órden social y se
ju stifil~:l
la
ültervencion
<l
l
Es–
tado que tiene la 1ni sion espec.ial de c.onser\,.arlo.
.En
cierto. casos, l:-1 s
infr:.tecionr~
de
e.
te órden llegan
á
asumir una
tal
gra reda
t1
que los fun cionarios ecle
siásticos responsables caen bajo la accion de la ley
penal. Ounndo esto no sucede. bastan la aTuones–
tarion, la stupension, el retiro
eh~
las temporalidacles
y otras 1nedidas ten1pladas, para prevenir nuevos
abusos y restabl ecer la tranquilidad i]_Ue se con1ien–
za
á
alterar.
A la
t ~rcera
categoría, es decir
<:Í
las infracciones
de carácter 1nixto pertenecen, por ej en1 plo, la eje–
cncion <le las deci.úones
cont~iliares,
sin el prévio
exeqnatur de la ant.orjdac1 civil cuando aquellas pro–
Yienen <le a1gun concilio nacional
ó
provincial convo–
cano
y
reunido sin la formalidades esencü1le:' pres–
critas por Jos canóne.; la declaracion ele sede yacante
hecha por el cabil do de una Igle.. ia, sin pré{;io acner
do (lel gobierno y por 1nera nn ·cncia temporal del
obi po
dio co~'ano;
e1 cohecho ele lo
jucce. cclc;·üí ·-