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-236-

cia de los libros. papeles, títulos de crédito

ú·

otros

val ores · de

a1gun 111 oribnndo, cnya conciencia se

intimida

y

cnya volnntad se coacta.

En todos estos casos,

ó

s despier tan las pasio–

nes

de

la c1e.Jn8g·ogin,

por los

11an1afl os

á

cooperar

al cumplilniento

de

las

1eye~,

ó

se ataca

ilegitin1a–

lnente el derecho ageno, atentaudo contra el honor

ó

la propiedad de

un

tercer0. Asi se con1promete

el órden social y se

ju stifil~:l

la

ültervencion

<l

l

Es–

tado que tiene la 1ni sion espec.ial de c.onser\,.arlo.

.En

cierto. casos, l:-1 s

infr:.tecionr~

de

e.

te órden llegan

á

asumir una

tal

gra reda

t1

que los fun cionarios ecle

siásticos responsables caen bajo la accion de la ley

penal. Ounndo esto no sucede. bastan la aTuones–

tarion, la stupension, el retiro

eh~

las temporalidacles

y otras 1nedidas ten1pladas, para prevenir nuevos

abusos y restabl ecer la tranquilidad i]_Ue se con1ien–

za

á

alterar.

A la

t ~rcera

categoría, es decir

<:Í

las infracciones

de carácter 1nixto pertenecen, por ej en1 plo, la eje–

cncion <le las deci.úones

cont~iliares,

sin el prévio

exeqnatur de la ant.orjdac1 civil cuando aquellas pro–

Yienen <le a1gun concilio nacional

ó

provincial convo–

cano

y

reunido sin la formalidades esencü1le:' pres–

critas por Jos canóne.; la declaracion ele sede yacante

hecha por el cabil do de una Igle.. ia, sin pré{;io acner

do (lel gobierno y por 1nera nn ·cncia temporal del

obi po

dio co~'ano;

e1 cohecho ele lo

jucce. cclc;·üí ·-