-"Jo-
puedc sugerir, proponer , recomendar
t0ciu
aquello que ilesee sea adoptado por
el Consejo egecutivo: sus sugestiones seguramente ser:in mejor reciu:<las que las
de cualquiera otra persona de igual capacidad. Son talcs l as inde tructihles fucn- •
tes d e in1lujo corresponclientes
a
su posicion que , si tiene una razon sana, puede ·
e' tar seguro de que su voto tendra mayor peso que el dictamen de los mas graves
y
experimentados indiv iduos , y G.e que habra mayor disposicion para acloptar sus
r ecornendaciones, que para l as del ministro mas sabio
y
popula1· que jamas haya
exi ti clo . La votacion, sin embargo, puede ser contraria a su opinion, aun en el
Gabinete: porque es posible que lo absurdo de sus sugestiones sea palpable , 6 su
ri e 5go tan
~rnnde ,
que ninguna d eferencia habitual , ningun sentimiento d e clepen–
dcncia p ersonal , scan s ufic ientes p a ra
j
nduci r a SUS cOnsegerOS
a
que las aclOplen. ;
E sto no debe empero cons iclerarse como or-igen d e p el ig ro 6 de d ebiliclad nacio–
n al : es un acc iden te crue pucd e acaecer
n
cualcr ui r soberano, por absoluto que '
s;ea · pues to q ue el d espota m as co nsumado no p uedc obrnr s in instrurnentos,
y '
h a sta un sobc rano g ue rrei·o a l fre nte d e su e gercito, tiene que someterse
a
aban–
d onar cual qu icr plan q ue sus g en eral es rehusen egecutar. :Mas si no logrn sn de- '
se
eu un Gabio ete , el Rei se halla g en cr alrnente en aptitucl de r e p etir el ex- '
p crimento , e n ou·o: ca m b ianclo una y otra vez de consegeros lrnsta 'hallar algu–
n os mas osados 6 m as compla cie ntes.
1 .
o
Suponga5e quc el G a b inete consiente :-las Camaras pueden oponerse,
6 impedir la egecucion
d~l
prnycc to . El Gabine te puede pe1·de1· la votacion en
la C am a r a, como el Rei en el G abine te ; y todos sus rniembros subordin:i –
d os p u cd en se r r em ov idos p or l os votos d e esa Camara. El Ministro, que en vir–
tud cl e
GU
con c1escend encia a l a volun tad r eal , ha eseapado de ser d es pediclo por
el rnon<1rca, p ued e sc r <lespcdiclo por la voz d e l n J eg islatura, por razon d e esa
1nisma conclescendencia . P ero el sob erano qne fne
el
ori_gen de la rep1·obada
me~
d ida , permane cc ;
y
no sol o pued e lfomar
a
otro ministro
a
SU
Cons~jo
a
fin cle
tentar Olra vez la propia m.edida ' s ino qne puede tambien despedir a las Cama–
rns que l a cen5ura ron, sometiendo sus procedlmientos
a
la consideracion de otra
asam h lea . En un 6rden de cosas semejante , no hai en
verd~d c:l).renc~a
de poder
efectivo en l a Corona .
5 .
0
La m edida d el Rei pued e triunfnr en las C am ::iras , como en el
Con~
$ejo-y sin embarq-o pu,edc ser resis tida por la nacion . Es dable que l as Cam:i,,.
rns pi e rd a n la votacion e n el paj s, asi como el Gablnete en las Camaras,
y
si
la
m edida, aun en este ultimo tramite no
e~
aba ndonada, pued e n seguirse l a5
m;:i
tremendas consecuencias. Si l as peticiones
y
los clamores son despreciados,
pued e recurrirse a las armas , d ejando
a
una guerra civil el cleterminar si la opi-'
:nio9 n acional es resueltamente contra.ria
a
la m edida. Esta ultima especie de'
o.rosi c ion ;:il pod e r q el
sobera.no, no puede ser prevenida
u
obviada. por ningun
a1Tcglo polhii::o ni camhio en la _constitucion;
y
como toqas las otras oposiciQ.;