Table of Contents Table of Contents
Previous Page  678 / 840 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 678 / 840 Next Page
Page Background

- 344.

Estanislao Camino, comisionados de la Revolucion Oriental, el Sr. Agente

principió por manifestar lo ocurrido en la reunion de los ciudadanos convoca.

dos por el Presidente para tomar con su consejo la resolucion qne se habia

solicitado respecto al nombramiento de algunos J efes P olíticos, y los señores

comisionados declararon que esa reunion y su resultado podia considerarse

como el acto mas i n portante de la pacificacion, porque él demuestra que en

la inmensa mayoria de los Orientales de todos los partidos y de todos los

círculos, existe el sentimiento de la paz y el deseo de devolverle

á

la patria

comun ese bien inestimable.

>

En seguida, estando ya discutidas entre el Sr. Agente y los se!fores comi·

sionados todas las dificultades de la negociacion, quedó concluido el acuerdo

para

la

pacificacion en los siguientes términos:

>

Art.

1•

Todos los Orientales renuncian á la lucha armada y someten sus

respectivas aspiraciones á la decision del pais, consultado, con arreglo á

iU

Constitucion y á sus leyes reglamentarias, por medio de las elecciones á que

se está en el caso de proceder para la renovacion de los Poderes Públicos.

>

Art.

E l Presidente de la R epública declara que por el hecho de la

cesacion de la lucha armada, todos los Orientales quedan en la plenitud de

sus derechos políticos y civiles, cualesquiera que hayan sido sus actos políti–

cos y opiniones an leriores.

>

Y como medio de ejecucion práctica de este acuerdo y en uso de las

facultades que para ello tiene, mandará sobreseer en toda causa politica

y ordenará que nadie pueda ser encausado ni perseguido por actos ú opinio.

aes políticas anteriores al dia de la pacificacion.

>

Art. 3' Restablecidos todos los ciudadanos Orientales, segun los términos

de este acuerdo, en la plenitud de todos sus derechos politicos, se procederá

á

la mayor brevedad posible y acortando los términos, como lo indica lo

escepcional del caso, á fas elecciones para Tenientes Alcaldes, Jueces de Paz,

Alcaldes Ordinarios, Juntas Economico ·Administrativas, · Diputados, Senadores

y Presidente de la República, despues que el actual concluya su periodo le·

gal en primero de Marzo próximo.

>

Art 4° El Presidente ratifica el compromiso que espontaneamente ha con·

traído de adoptar, ademas de las medidas ordinarias, todas las otras que las

circunstancias puedan reclamar para desempeñar eficazmente el deber de ga.

rantir con perfecta igualdad á todo los Orientales, sin excepcíon alguna, en

el

libre ejercicio práctico de todos sus derechos politicos.

>

Art. 5° En la Capital, asiento del Gobierno, el Gobierno desempeñará

por si mismo la funcion de garantir la libertad electoral que, como lo ha

declarado en la nota de 24 de Novie:nbre, es para él un compromiso de

conciencia y de honra.

>

Reconociendo que el cumplimiento de ese compromiso en los Departa·

meatos de Campaña dependerá, en alguna parte al menos, de las personas

que hasta despues de practicadas las elecciones desempeñen los cargos deJefes

Politicos

ó

delegados del Gobierno, el Presidente en el libre ejercicio de sus

atribuciones declara que los nombramientos que haga para esos cargos, recae-