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un solo sentimiento, que están seguros será el de todo su país,
agradecen
al Gobierno Argentino y
á
su dignísimo
representante .en
esta mediacion,
el eminente servicio que acaban de prestarle al Pueblo Oriental, y que están
seguros de ello, fortalecerá
y fecundizara
la fraternidad de las dos Repúbli–
cas del Rio de la Plata.
Firmado en tres ejemplares, uno para cada parte.
Carlos Tejedor-Andrés Lamas-Cándz'do Joanicó–
J.
Vazquez Sagastztme-E. Camino.
•
Buenos Aires, Febrero 14 de 1872.
• Señor Ministro:
>
Por mis despachos
telegráficos tuvo el Gobierno oportuno conocimiento
de haberse concluido y
firmado á
las siete y media de la tarde del día
1
o
el Acuerdo pacificador en cuya negociacion tenia la honra de representarlo.
>
Hoy, por el ptimer vapor que sale de este puerto,
envio
á
V. E . cópia
íntegra y autorizada del mencionado acuerdo.
• Es inútil toda
e~plicacion
sobre
sus artículos
1'
á
8' inclusive, p.:irque
ellos están rigorosamente ajustados no solo al espíritu sino taro bien
á
la letra
de mis instrucciones.
>
El art. 9° era consecuencia inevitable de las bases de
pacificacion esta.
blecidas en la nota de 24 de Noviembre, y yo no podia negarla, sí por parte
de la revolucion se insistía en
ella, como se ha
insistido
indeclinablemente,
sin romper la negociacion de la manera mas desventajosa.
>
En el
p~otocolo
de la conferencia del dia 3 del corriente mes, encontrará
V . E . la discusion relati va
y
la opinioo del Ministro Mediador.
>
Sosteniendo como base de esta negociacion al acatamiento de las autorida–
des constituidas y como alta conveniencia del pais, el respecto de la si tuacion
existente, sostuve la legalidad del título y el derechos de los Sres. Senadores.
• En esa forma cumplí las
instrucciones del Gobierno; y al fin, en cuanto
á
la cuestion del derecho, el punto quedó
resuelto de conformidad con esas
instrucciones.
>
Pero salvado el derecho, quedaba malograda la pacificacion; y este desgra–
ciado suceso dependía de que conservado el actual Senado, no habia en verdad
i:i
apelacion ni sometimiento
á
la Sobe1ania Nacional porque la voluntad de•
Pais, libremente espresada, no podia
convertir~e
en ley ni en situacion politica
sino
vá de acuerdo con la opinion
á
los intereses de la mayoria del antiguo
Senado.
>
Estaba, pues, falseada,
y del modo mas evidente,
la gran base sobre
que reposaba la pacificacion y que era por otra parte, ln única solucion legí-