EN BoLIVIA
sustitución suya quede al Viceprefrcto o a
otro misione ro comisionado a
1
efecto para
que haga sus veces. Vacando la Prefectura
antes de Cllmplir el sexenio, por muerte, re–
nuncia, deposición u otro motivo, tome
la
di–
rección y el cargo el Viceprefecto, si existe, y
de no existir, elíjase inmediatamente por el
Colegio, en quien recaen todas las facultades
y potestad de
1
Prefecto me
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cionadas.
Los misioneros adictos al Colegio deben
ser en cuanto al número los necesarios y su–
ficientes para el servicio deJ'Colegio
y
las Mi-
5iones. El Colegio, al recibirlos, los someterá
a la prueba de un año; antes de ocuparles en
el mini sterio, carecen de voz activa y pasiva,
y constando de su suficiencia y capacidad los
recibirá
definitivam~nte
y caso de no reunir
las condiciones necesarias
s~
les remitirá a
sus provincias, expulsándoles del Colegio . La
incardinación al Colegio obligará a servirle
diez años, pasados los cuales pueden volver
a sus provincias (y los Cole g ios pa garán los
gastos del regreso), marchar a otro Colegio o
quedarse en el mismo. Si tuvieren int e nción
de abandonar el Colegio, lo expresarán con
seis. mese3 de anticipación antes de concluir
el decenio, al Discreto'rio y Prefecto delCo–
legio, para que provean al régimen de la Mi–
sión; si en cambio quisiere seguir sirviendo
al misrr.o Colegio, lo suplicará diez días an–
tes dei cumplimiento del decenio al Guardián
y Discretorio, quienes, reunidos y convoca–
dos los Padres con voz y voto, sujetarán a vo–
tación secreta la conveniencia de admitir o
excluir al misionero que le solicita para el
próximo decenio.
Todo se encuentra perfectamente legislado
en las sabias Letras Apostólicas que comen–
tamos, siendo su texto y contenido un monu–
mento colosal y perenne, apostólico
y
fran–
ciscano, erigido por el cariño especial del in–
mortal Pío IX, fervoroso terciario franciscano,
a nuestra Orden, esencialmente misionera.
No es extraño que los Colegios, reconocidos
B
tanta bondad, guardaran sus prescripciones
con escrupulosa fidelidad como si se tratara
de .letra
revelada; doce años después de la
abrogación de dichas Letras. nos tocó en
Bo.li–
via vivir en los Colegios de La Paz y Sucre
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con personal perteneciente al antiguo régi–
men y pudimos comprobar con edificación
propia la ejemplar conducta y exacta obser–
vancia de muchos pormenores que vemos in–
sin
u
ados en esta Carta-magna de nuestros Co- ·
legios de P.
f.
sobre la disciplina regular.
30.
Ya poseían unas Constituciones Apos–
tólicas los Colegios de Bolivia y conforme a
ellas· no tardaron en conformar su vida
y
re–
dactar sus Estatutos
Municip~les,
cuya noticia
bibliográfica ofrecemos a continuación:
Estatutos Municipales del Colegio de Nues–
tra Sra . de los Angeles, de Tarija, ordenados
por
prime.ravez en 1801 y arreglados en 1879
a la novísima Constitución Apostólica... ,
Ro–
ma, Impr. Monaldi y C.,
1884 (59).
Constituciones Municipales del Colegio
Apostólico de P. F. de la gloriosa Santa Ana
·de Sucre, Capital de la República boliviana,
ordenadas por el Venerable Discretorio, pre–
sidido por el M.
R.
P. Hugolino Gorleri, Co.;,.
misario General durante la Santa Visita Pas–
toral de 1880 y aprobados por el Rmo. Pa–
dre General de la Orden y por la Sagrada
Congregación de P. F.
Badajoz, Tip. La Eco–
nómica de Rodríguez y Cía.,
1893 (60).
Estatutos Municipales del C'vlegio Apostó–
lico de San fosé de Tarata según la Piana
«
Apostolica Sedes» y las Constituciones Ge–
nerales de la Orden Franciscana.
Tarata, Im–
prenta de San José,
1902 (61).
Está bien clasificada, .con lo que antecede,
la
legislación franciscana de estos Colegios
det1tro de la Orden,
y
ya desde
1882
el órga–
no oficial de la Orden, el
Acta Ordinis Mino–
rum,
mensualmente era el portavoz
y
lábaro
de todas las decisiones de la Santa Sede
y
de
los Superiores Generales, con respecto algo-.
bierno
y
marcha regular de aquellos Cole–
gios. Estando al alcance de todos esta revista,
ahórranos el trabajo de resumir aquí lo que
allí se encuentra sobre el régimen, progreso
y actuación eficiente de las Misiones. Ade–
más, los informes que, por indicación de la
S. Congregación de P.
f.,
debían de mandar
los Prefectos de los Colegios a dicha Congre–
gación
(62),
sujetando más tarde a un formu–
lario expreso todos los puntos que habían de
entrar en la relación y obligando a que envia-