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~N

BOLIVIA

Const i tutione$¡ tresque designavit círculos seu terra–

rum

partitiones

pro

Gbus. 'Commissariis in Ameri–

canis regionibus constituendis. Omnia collaudata et

probata fuerunt, indicatis tantum quibusdam

in

Sta–

tutorum articulis moderationibus faciendis».

(á7) Cf. la nota bibliográfica al final. Fueron ha–

lladas por el

P.

Pedro Corvera y publicadas por el

P. Wolgang Priewasser en

ACB

3 (1911) 682 y ss.

(58) Cf.

Sancti6simi

Domini

Nostri Pii divina

providentia

Pap~e

IX. Litterae Apostolicae in forma

Brevis quibus Collegia Misíonum Ord. Min. S. Fran–

cisci in America existentia regí debent. Romae

1877.

(59) Es obra e impresión del P. Santiago Larda–

ni, alumno del Colegio de Tarija

y

Definidor General

en el Capítulo de 1889. Es 3.a edición: la 1.a en 187.2

y la 2.a en 1876.

(60). Es impresión cuidada por el P. Sáenz de Ur–

turi, ex alumno del Colegio de Sucre y Obispo de

Badajoz desde el1.

0

junio 1891; al final se lee un De–

creto discretorial por el que «se autoriza al R. P . Mel–

chor Azcúnaga para que haga imprimir las presentes

Constituciones Municipales )¡, firmado en noviembre

de 1882; suponemos que el P. Azcúnaga confiaría la

impresión al P. Urturi

(61) Están redactados por el P. Wolga ng Prie–

wasser, Guardián de Tarata.

(62) Cf.

AOM.,

4

(1885) , 122 , firmado en Roma

el1.

0

junio t877, días antes de la Constitución Apost·

«.A.postolica

Sedes»;

aquí el S. P. Pío IX sólo impuso

la obligación a los Comisarios Gles, en el núm. to4,

que cada trienio, después de la visita y celebración del

Capítulo guardiana! envíe al Ministro G. y a la S.

Congregación de P. F. una detallada relación «de sta–

tu et progressu Missionum ínter infideles, illarumque

prospectum senerale a Praefecto (illarum Missionum)

accurate conficiendum».

(63) Cf.

AOM. 5

(1886) íl

128, donde se lee una

Cir~ular

de la Secretaría de la S. Congregación de

41

P. F., fechada en julio de 1886, ordenando lo que de–

cimos en el texto.

(64)

Antes de este Reglamento, Bolivia intentó el

Estatuto del 22 feb. 1845, que se ocupaba en cuatr o

capítulos de las Misiones, sin que se haya puesto en

práctica nunca y s2 tenía olvidado; así el Reglamento

propuesto por el P. F..rcole vino a llenar un vacío en

las leyes nacionales . Conocemos dos ediciones de este

Reglame"lto: Reglamento de Misiones de Bolivia, Su–

ere, lmpr. de Pedro España, 1871, en 8.

0

,

pp.

24

y la

2.a ed. la que leemos en la obra del P. A.

Martarelli,

El Colegio Franciscano de Potosí

y

sus Misiones,

Potosí, 1890, 201-209.

(65) Cf. el texto en

Angel P. Moscoso, Diccio–

nario jurídico

y

administrativo de Boli'via,

11, Sucre,

Tip. Escolar, t 908, pp. 202-205. Quien fuera el autor

de este Reglamento no lo sabemos; creemos que no fué

ningún franciscano. La abrogación del Reglamento del

P. F..rcole se dió por la Convención N acionai con fe–

cha 23 enero t900; al conocerse la derogación el Muy

R. P. Simón Maidagán, Comisario Gl., dirige al mi–

nistro de Relaciones y Culto el siguiente oñcio, fe–

chado en La Paz tS oct. t901 : «El suscrito, con el

mayor respeto ante V. F... Expone: que derogado por

Ley de 23 de enero de t 9oo el antiguo Reglamento de

Misiones de 18 de septiembre de 1871, y

promulgado

otro nuevo Reglamento de las mismas

por Supremo

Decreto del 12 de agosto del pte. año de 1901: Que

examinado este último con aquella detención y madu–

rez que exige nuestro oficio pastora.l

y

oído los recla–

mos de misioneros expertos; sobre todo respecto al te–

nor de los arts.

2,

7, 9

y

12.. . ». No se contestó a este

oficio por el señor Medina; le .sucedió el señor Villa–

zón, quien respondió indirectamente sobre lo aoaecido

con la secularización de las Misiones de S. Francisco

Solano

Y

San Antonio del Colegio de Tarija, forman–

do el pueblo de Villamontes. Se corrigió el Reglamen–

to

Y

se promulgó el 23_dic. 1905, aunque no estaba de

acuerdo con los deseos

y

buena voluntad de los Mi–

sioneros,

d.

ACB.,

1 (1909) 56

y

ss.

o