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RESOLVCION POR EL DERECHO

137

1939· -Representacion de vn Conse–

jero del Parlamento de Paris al Rey

Christianissimo, sobre el Manifiesto,

y

Carta al Cardenal de Etre. -

[Al fin ]:

En

Zarago~;a.

Año 1689.-En 4.

0 ,

de

8 hs.-(Fecha en Parfs y Febrero 11

de 1689).

T.

EL

P.

JUAN MIGUF.L DE

GEL6 S (?).

Es uno de tantos suplementos de sus

<'

l'totic

~·as

"enerales....

»,

descritas ya al

núm.

13~9.

1940.-Representacion del Reyno de

Chile sobre la importancia, y necessidad

de reducir

a

Pueblos sus habitadores, dis–

persos por los campos:

Y

de los medios

de conseguirlo, sin gasto del Erario, ni

gravamen de los particularcs.- En fo\.

0

,

de

8

hs.

n.

fs.

19~

1.- Representacion del I'-eyno de

Chile sobre la importancia, y necessidad

de sujetar,

y

reducir

¡¡

Pueblos los Indios

Araucanos. La impossibilidad de conse–

guirlo, perseverando en la conducta pas –

sada; y la facilidad, con que puede lo–

grarse, sin costo alguno del Real Erario,

por medio de las providencias, que se

expressan.- En fol.

0

,

de 6 hs. n. fs.

EL

P.

FRANCI

co

J OAQU Í N

DE

VILLARREAL

(?).

Á

estas dos

R epresentaciones

se refiere

ledina en su

Biblioteca HispatiO- Clulena

cuando, hablando del « Informe hecho al

Rey Nuestro Señor Don Fernando el VI.

por Don Joaquín de ' illarea l, sobre conte–

ner

y

reduci r

á

la debida obediencia los

Indios del reyno de Chile

( Iad rid

y

Di–

ciembre _zde

17:2),

queapareceá las págs.

·'·1 62 del t.

x xur

del

.:manario audito

de

\ 'alladares de

otomayor,

y

es ciertamente

de nuestro P. Villarreal, dice a

í:

« Para la

mayor inteli aencia de este punto, debe ad-

vertirse, sin embargo, que en

1740,

pene–

trados los habitantes de que mientras vivie–

sen dispersos por los campos, cuidando cada

cual de sus ganados y privados del trato

cristiano

y

civil

y

de todas las comodidades

que se logran en poblado, era imposible

contener las agresiones de los indios, facili –

tar su propia defensa , mejorar las rentas

generales, y por fin, aprovecharse del pasto

espiritual, dirigieron al soberano dos me–

moriales, elaborados bajo la dirección de

Villarreal , que corren impresos

y

de que

hemos de tratar más adelante»

(ru,

122).

Trata, en efecto, de ellos más adelante, y

aun los copia á la págs.

316·3 27, 327· 335,

inclinándose á atribuírselos al P. Villarreal ,

como puede

ver e

arriba al

núm. 1065.

1942.- Resolvcion por el Derecho

cierto de la Compañia de Iesvs. En el

nombramiento de Ivezes Conservadores,

Apostolicos Delegados de su Santidad,

lvridico, Verdadero, Legitimo ; por la

j ustificacion de la Causa, de las Perso–

nas, del modo de la Eleccion, y vso de

ella. Apoyada con auctoridad, y firmas

de las personas mas Doctas, y graves de

esta Ciudad de Mexico. En Respvesta de

la Resolvcion por el Fisco de la Santa

Iglesia de la Pvebla. - En fol.

0

,

de

7

hs.

-(Hay otra ed., también en fol.

0

,

de

7

hs. , s .

1

p.

n., al fin , por descuido) .

E L

P.

BALTA AR

LÓPEZ.

De quien sabemos que dió á luz

• De

po–

lt•slale Iudicis Conserna l oris ocietatis.

lexici

1

647»,

según

otuelo (pág.

102)

y

, icolás Antonio

(r,

1

3), ó sea, «"De la

a utoridad de los Jueces Conservadores de

la Compañia de Jesus." Imp. en

lexico,

1647.

fol . , según Beristain (n ,

177),

Bac·

ker

(11,

7Q'3)

y

ommen•ogel (n·,

1940);

y

no hallamos que el auo de

16+7

se impri–

miera en Méjico ninguna otra obra más

que la presente sobre los Juece Conserva–

dores de la Compañía.