-
GVII
los pecados en la Confesión, sino que sobre todo es
necesario arrepentirse de ellos
1.
Para que los indios tengan más respeto al sacra–
mento de la Penitencia es á propósito que ei sacerdote
los confiese en la iglesia
y
revestido de sobrepelliz
y
estola, por supuesto exceptos los casos de necesidad. -
Pero se nos dirá: En la Arquidiócesis es costumbre in–
memorial confesar sin cota
y
estola. No negamos que
de hecho existe la costnmbre de confesar públicamente
sin sobrepelliz y estola, pero d e derecho hay que
co nform arse en todo á las pr escripcion es de l
Ri t. Ro ro., corno lo manda el
llº
Conc. Quit. decr. III, 1 ;
y según los Tit. I, n. 7,
y
III, cap. 1, n. 9 del Rit.
Roro. se deberá usar de sobrepelliz y estola en la pública
administración del sacramento de la Penitencia. Pues la
S: Congr. Episc. dispuso (10 de julio de 1625): "Sacra–
mentnm Confessionis confessarii srecnlares cum up er–
pelli ceo et stola, r eg ul a res vero curo stola minis–
trent." Y la S. Congr. de Ritos contestó (7 de dic. 1844)
á la pregunta:
"In
Cathedrali Patavina ex immemora–
bili consuetudine in publica administratione Sacramenli
L
Muchas vece no tienen los indios idea de lo que es
la Confesión sacrame.ntal. Confesando en una parroquia
á
los indios, para que cumplieran con el precepto eclesiástico
de la Confesión anual, observamos uno
á
quien no habíamos
visto en el confesonario
y
le preguntamos si se había con–
fesado. Él contestó : "Sí Taita Padre." ¿Con quién te con–
fesaste? ."Cori el sacristán." Efectivamente el sacri tán había
examinado
á
los indios sobre la Doctrina,
y
nuestro pobre
indio pensó que en este
exa~en
con istía la Confesión.
h*