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8S

LA

ultima cuerda de que qnieren sostenerse los ultamon .

lanos, es aquella cláusula:

"Salva siempre en toda !a auto·

rielad de la silla apostólica

El Sr. Bosuct dice, (.) que

alarmó de modo

a

los Galos, que fue el motivo principal pa·

ra no admitir el concilio. Aunque mi talento es muy po–

bre

á

mi no me hubiera sorprendido. Hallo la clausula co·

mo una espresion de respeto al Primado de la Iglesia, no

como una resignacion, consintiendo

a

los sumos pontífices, que

confirmen, reprueben, añadan o limenten

á

lo ya estableci–

do por un concilio inspirado por el Espíritu Santo-salvo que

la dcmenda, llegue hasta el punto, de sujetar el Espíritu Santo

al solio pontificio.

La superioridad del concilio, me parece la confiesa el mis–

mo Maistre, refiriend9 .un rasgo histórico, de aquellos tiem·

pos en que se creía, que los Pontifices podian usar de exco–

muniones en asuntos temporales

y

aun negocios propios, di–

ce: En

1209,

habiendose arrojado Othon de Sajonia sobre el

territorio de la Santa S1·de contra todas las leyes mas sagra•

das, y aun contra sus contratos mas solemnes,

fue

excomul–

gado. El rey de Francia

y

toda la Alemania se declararon

contra el

y

por ulti o

fué

depuest9 en

1211

por los elec·

tores, que nombrar n en su lugar

a

Federjco

IJ.

Y este mis–

mo Federico 11 habiendo sido depuesto en

1228.

S. Luis hi–

zo representar al

apa.

Que si el emperador !tabia mereci·

do realmente sep d , uesto. no debería haberlo siU.o, sino en un

concilio jeneral.

( ,)

Luego

S.

~uis

santo y católico como era,

reconocía esa autoridnd superior al Papa;

y

sin reflecsionar

~ambien

Ja confiesa el autor, que cita el hecho.

ESFUERZO

mis conceptos: si los concilios jenerales fuesen

sujet?s al Papa de un modo absoluto

y

arbitrario, ellos no

pudieron reunirse,

á

no ser por órden del Papa y cuando el

Papa lo tuviese por oportuno. Digo lo mismo, teniendose por

cuerpos meramente c

onsultiv

os, con mala aplicacion del par·

lamento ingles, como

opi.na

Maistre.

Sabemos

lo

contra–

rio: son

hechos hist

oricos

é

innegables. Los ocho prime–

ros concilios, se convocaron por mandato de

los emperadó–

res. Lo confiesa el conde,

y

se

quier~.

eximir del argumen–

to, diciendo que

fué

por prudente condescendencia, aun co–

nociendo los inconvenientes: no hay condescendencias con lo

_ (.]

~· . ~

1

c.

18

defen. del clero Galicano.

[ ,]

L.

2

c.

8,