8S
LA
ultima cuerda de que qnieren sostenerse los ultamon .
lanos, es aquella cláusula:
"Salva siempre en toda !a auto·
rielad de la silla apostólica
El Sr. Bosuct dice, (.) que
alarmó de modo
a
los Galos, que fue el motivo principal pa·
ra no admitir el concilio. Aunque mi talento es muy po–
bre
á
mi no me hubiera sorprendido. Hallo la clausula co·
mo una espresion de respeto al Primado de la Iglesia, no
como una resignacion, consintiendo
a
los sumos pontífices, que
confirmen, reprueben, añadan o limenten
á
lo ya estableci–
do por un concilio inspirado por el Espíritu Santo-salvo que
la dcmenda, llegue hasta el punto, de sujetar el Espíritu Santo
al solio pontificio.
La superioridad del concilio, me parece la confiesa el mis–
mo Maistre, refiriend9 .un rasgo histórico, de aquellos tiem·
pos en que se creía, que los Pontifices podian usar de exco–
muniones en asuntos temporales
y
aun negocios propios, di–
ce: En
1209,
habiendose arrojado Othon de Sajonia sobre el
territorio de la Santa S1·de contra todas las leyes mas sagra•
das, y aun contra sus contratos mas solemnes,
fue
excomul–
gado. El rey de Francia
y
toda la Alemania se declararon
contra el
y
por ulti o
fué
depuest9 en
1211
por los elec·
tores, que nombrar n en su lugar
a
Federjco
IJ.
Y este mis–
mo Federico 11 habiendo sido depuesto en
1228.
S. Luis hi–
zo representar al
apa.
Que si el emperador !tabia mereci·
do realmente sep d , uesto. no debería haberlo siU.o, sino en un
concilio jeneral.
( ,)
Luego
S.
~uis
santo y católico como era,
reconocía esa autoridnd superior al Papa;
y
sin reflecsionar
~ambien
Ja confiesa el autor, que cita el hecho.
ESFUERZO
mis conceptos: si los concilios jenerales fuesen
sujet?s al Papa de un modo absoluto
y
arbitrario, ellos no
pudieron reunirse,
á
no ser por órden del Papa y cuando el
Papa lo tuviese por oportuno. Digo lo mismo, teniendose por
cuerpos meramente c
onsultivos, con mala aplicacion del par·
lamento ingles, como
opi.naMaistre.
Sabemos
lo
contra–
rio: son
hechos hist
oricosé
innegables. Los ocho prime–
ros concilios, se convocaron por mandato de
los emperadó–
res. Lo confiesa el conde,
y
se
quier~.
eximir del argumen–
to, diciendo que
fué
por prudente condescendencia, aun co–
nociendo los inconvenientes: no hay condescendencias con lo
_ (.]
~· . ~
1
c.
18
defen. del clero Galicano.
[ ,]
L.
2
c.
8,