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doce ·á la multitud dije¡-on." (.) Esto en realidad hoy seria

di–

ficil, p1·iecipalmente, $i instaba el · remedio; ,

LLAllOi:llt'oNos

á

partid<?, pues la conciliacion ,es muy

fa . ·

cil, si

a

los que <;lisputan los, anima un mismo espíritu. El

Sµmo Pontífice

ó

por l·si,

ó

a instancia de ·Jos obispos, prín–

cipes

secular~s

ó

pueblos convoque el concilio.

Ncr

lo haga la

autoridad temporal por si y como atributo ·propio.

Lo con–

te¡nplo inherente á lá Primacia. Si se resiste el Papa

á

ha·

cerio, habiendo para ello razon · muy urjente,

ó

causa noto-

1·iamente imperiosa, el prelado ·de la Iglesia mas antigua pue–

de hacer la convocatoria, anunciandola al Pontifjce, para que

asista por si ó sus legados. Si á tndo se niega, el Espíritu

Santo no se negará

á

asistir con sus inspiraciones, dones y

gracias á los padres congregados .

a

su nombre y bajo de su

proteccion, para que acierten en sus·determinaciones. Lo

q11e

propongo, es cuasi lo mismo en que han convenido los So–

beranos catolicos. , Esta concordia del trono y · el altar la au–

toriza la bula de Paulo III, espedida para reunir el concilio

d Trento. Alh se dice, que S.

S.d

procedio con consulta de

los príncipes y señaladamente del E ¡nperador y del Rey ele

Francia.

ldénfc•

e@resioi;ies se h'allan en las bulas de Julio

111

v Pio IV.

·

•PoR conclusion de esta materia en que me he dilatado

bastante, por hallar, que

habia,I,l

rei;¡ucitado los

eardenales

Cajetano

y

Bélarmino, n auto_J.:es <le nuesti1os días, creo se–

gun las doctrinas asentada -, que Jos concilios para su

li:jíti–

ma sancion no necesitan a confümacion del Papa, y sin ella

tienen todo su valor.

Es de desear este consentimieuto dice

Febronio, pero si se negase á · cosa tan justa el Sínodo ecu–

menico, usara <le su autoridad sobre el Pontífice, come sobre

cu

alesquie

ra otro 1niembro de la Iglesia. Tourre-Cremata, que

no

pue.de

tenerse por sospechoso

á

la causa <le

los Papas se

es

plica as

i: (,) "La celebraoion de los concilios es útil, para

reformar

las exhorbitancias de algunos Pontífices, que ejer ci–

taron su Pontificado, siguiendo su voluntad contra las reglas

de los SS. PP.

y

deshonraron el ministerio ron Simoniás, va–

nidad del siglo

'y

vida escandalosa." De aqui Cleduzgo, que

debiendo examinar esas causas el concilio, debe ser del todo

independiente y de ningun modo sujeto al mismo, que ha de juz-

f .]

Act. c.

6

v.

2.

[ , ]

L ib

3.

o

cap.

1O.