Table of Contents Table of Contents
Previous Page  93 / 214 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 93 / 214 Next Page
Page Background

87

Martino. hecha vivo aquel. Si Martino no

fué

Papa, tam.

poco

S. Sd.

elejido por

card~nales

hechos por

él.

A ningu·

no interesa mas defender los decretos de ese c<mcilio, que á

S.

Sd.

Y si se duda de alguno de los decretos de ese con·

cilio, por la misma razon deberia dudarse de los demas. Por

la misma ca11sa no valdrian Los decretos de otros cn11cilios.

Si vacila la

<le un concilio, vacilan los otros. Es el ar·

gumento de

S.

Agustin, que se tiene en la distincion 9a. ca–

pítulo

si ad scripturas:

"Luego la fé, y todos los sacramen–

tos de la Iglesia titubearan, si se duda de la fuerza de un

concilio lejitimamrnte

~elebrado.

A

mi ver, las objeciones propuesta contra los concilios

Constancense

y

Basilense son ya importunas, cuando la su–

perioridad del concilio sobre el Papa; se manife¡;tÓ pur act<Js

positivos en el Tridentino como observó c" n justicia Febro–

nio. (•) Por la füerza de la verdad

y

no obstante

los

sen–

timientos favorables al Pontífice, se declaró, lo que no se hu·

hiera querido declarar;

y

se declaro C'ln mm·ha repeticion en

diferentes scs't1nes.

Dtcrevif

et ordúwvit

co11.~ilit1m.--

¿Placet

ne

vobis decernere

e

declorare?--Rlace

M ttcha '

r,,eg,a

ha s

que se

ha bían apropiad l 1s P ) tífi('es e r_ev< ·ron en la sesi(•n 25

capitulo 7 y igu

t

s. Sucedió lo mismo en la-

~3

y 24 con

respecto

á

diversos cargos y

obligac~•nes

para el Papa. El

derecho de estabte-cer

dispensa r en los impediment<>s ma-

trimoniales, se , esenro

a

a Iglesia. S (,br

1

uso del caliz,

el Papa es

u~

comisionado del concilio.

as palabras lo di-

cen: "Decretó que este negocio íntegro se remitiese

á

nues–

tro

Santí~irno s~

ñor, como por el presente decreto se remi.

te, el que

~on

singular prudencia proceda, como le parezca

litil

a

la república cristiana

y

saludable

a

los que piden el

uso del caliz." No declaró que el conocimiento· era propio

del Pontífice. Ha de · ser poco versado en el derecho, el que

no .reconozca en el decreto una perfecta ·<lelegacion. Se re·

servó tambien el concilio, la facultad de esplicar

é

interpre–

tar las escrituras. Sobre euraristia

y

confesion se remite a 'a

Iglesia. En fin sella lo decretado con las

majestuos.as

palabras:

"El santo Sínodo enseñado por el Espíritu Santo, que es es–

píritu de sabiduria

y

entendimientn, espíritu de consejo y pie–

dad,

y

siguiendo el juicio

y

costumbre de la Iglesia declara

y

enseña. '

1

[. )

Cap.

6

§l.

o

de Cons.