modema
fi?..eal Jurijprudencia.
A
79
27. tir. 7· lib.
1.
de la Recop. de
28.
de Noviembre de
1706. Por Real Decreto de
22.
de Marzo de 1763.
fe abolió
el
empléo de CórreLl:or , y fe comu¡:¡icÓ para
fu cumplimiento , é inteligencia al Supremo Confejo.
142. AUDIENCIAS : La de Zaragoza, Barcelona,
y
Mallorca guardan fu efiilo antiguo arreglado
a
la planta
del año de 171 8. en las Requiíirorias que muruamente
fe remiren : y no neceíiran de iníl:ruccion fus Efcribanos
de Camara , porque eílan muy verfados en ellas. Aut.
3
r.
rir.
2.
lib. 3. de la Recop. de
1
1.
de Mayo de 172
6.
pero deben aLl:uar
los Procefos en lengua Caílellana ,
y
rronunciar en Callellano fus Sentencias , y íin fundarlos,
conforme
á
la Real Cedula de
2
3. de Junio de 1768.
143
AUDIENCIAS: Los votos delosPleyros vif–
tos ,
'\:¡Ue
antes de fenrenciaúe no fe dieron por muer–
te ,
aufcncia ,
ó
demencia de Jos Minill:ros , fe fubro–
gan en los que deben elegirfe por los Prefidenres ,
y
Regentes, para que juntos c<.n
los que quedaron , los
determinen , menos quando las partes , noriciofas de fu
Derecho , coníienrc::n por efcriro , que fe decidiln , fin
fubrogacion de nuevos Jueces. Aur. 14. rir. 5.
lib.
z.
de
la
Recop. de
2
5. de Abril de 17 3
6.
·
144 AUDIENCIAS, Y CHANCILLERIAS. Aun–
qu<:
a
toL!as las de Efpaíu fe les tiene mandádo formar
A ranceles rara los Juzgados ordinarios de fus dillriros.
Aur. unic. tit Jo. lib. 3· deJa Recop. de 23. deAgof–
to de 1745· no han fclido acn los ulrimos, que fe dice
et1-a r
y~
h ches: pero en
R~al
Cedula de 23. de Junio
<le
1
7 68. fe arregbron Jos derechos Proce fa le$ de
ro~
a la
Corona de A ragon
á
re:tles de vellon,
y a
la equidad ,
e
igualdad en todos, qu:: en Caililla ,
y
el
Aut. 3. ti t.
z.
lib.