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A
~ep~Jrtorio
uni1Jerfal de la
tivo oportuno
á
los hombres malvados,
y
facinerofos
<Je
delinquir con mas libertad , perfuadidos de tener en ellas
feguro el refugio para no fer ca!Hgados con la rena que
merecen fus delitos : Declara afsimifmo
fu
Santidad, qne
de ninguna manera gozan de inmnnidad eclefiaíl'..-a aque–
lias Ermitas , o Iglefias , en las quales ,
Ó
no fe guarde
el Sanrifsimo Sacramento, o la ca
f.>
del Sacerc'ote que
tiene Cura de almas ) no efia COAtigua
a
ellas ;
y
con
{al que tampoco alli fe celebre frequentemente
el
Santo
S:~crifido
de la Mifa. La qua! Bula,
o
Breve de 14. de
Noviembre de
17
3
7·
fe mando guardar en Efpaña, en
Re.llCedula qne fe expidio en Madrid
a
I 2.
de Mayo
de
174 r.
y comunicó
á
las Jufiicias del Reyno por
el
Confejo ,
y a
los Obifpas,
y
Prelados R egulares Ec!efiaf–
ticos por el lluí\rifsimo Señor Don Juan BautiftaBarni,
Nuncio de fu Santidad,
y
Delegado
a
Latere, en Otra fu...
'ya
de
l:
8.
de Enero del mifmQ año.
137
AUDIENCIAS, YCHANCILLERIAS: L as
de
Va"lac'o "iJ, Granada, Zaragoza, Barcelona, Valencia,
y
h:s demás que
á
fcmejanza de cíl:as dl:uvicfen creadas cn
1
Efr fi.t, excrccn Jurifdiccion de alto, mero, y mixto
lmp.:rio :
Y
es ordinaria , como que dimana de la Su–
·prema , .que reíide en el Soberano ,
y
en el Real Con–
fe
jo, que immediatamente reprefenta fu P erfona: co–
nocen
en
todas las Caufas Civiles,
y
Criminales de fns
difiritos ,
y
territorios, en las diferentes Salas de que fe
··comrc nen :
y
afsi de Ul' as Audiencias , como de otras ,
y
de las Chancillerias fe interponen recurfos de
fegund~
'Supl'icacioñ
a
la Real Perfona ,
y
Sala de
Mil ,
y
Qui–
niem.-•s ,en el de Caílilla :
y
tambien los de injufricia noto–
-ria en la5 .Caufas Civiles de .gravedad ( pero no en las
Cri·