~70
P
r]{ep01·torio
uni1ur]al
de
la
·ó aprovechamiento de Bellota, otro ganado, que
el
de
cerda, para fomentar efie Abafio ; y fi hecho
c:l
re–
parto de los citados Paftos entre los vecinos ganaderos
con fu ganado propio , rcfultafen fobrantes, fe admiten
cada año en los que fuefen , (obre
el
precio de dicha
ra fa , fin admitir otro, ni condicion , que baxe de ellas:
á
los
forafieros que concurriefen
, prefiriendo por
el
tanto
a
los de los Pueblos comuneros, ó cercanos,
y
en fu
defdlo a los mas inmediatos ' y
:i
todos con las citadas:
propuefias para con los vecinos del Lugar, en cuyo termi–
no efiuviefen los Pafios, como efia mandado por fu Magef–
tad en fu Real ProviGon , que para fu obfervancia
fe
expidió , y dirigió al Intendenre de la dicha Provincia
de Ef.l:remadura en
M:~drid
á
tres de N oYiembre de.
117
67.
y amplio
á
toda Efpaí:ía en otra de
I
8.
de
Ma~zq
'de
1768.
6o
PROPIOS. Q!¡anto correíponde
a
fu adminiftra•
cion efta dicho en la palabra
~rbitrio1
,
donde fe expo–
nen las ordenes , que han íldo expedidas a cerca de la
materia ; y rige la doEl:rina , que conforme al Real De–
creto'
e
Jnfuuccion de 3ode Julio de
1760.
íe explica
en el tomo
I.
cap.
4·
nnm.
2
5.
y que tt1s arriendos fe ha–
cen por las Juntas en
todós los Pueblos, conforme
á
la
Real [nftruccion de 30. de J ulio de r7 6o.
6r
PROTO-MEDICATO. F.l examen,
y
aproba–
cion de los requiGtos que piden las Leyes del Reyno
para ar.tes de recibirfe los Medicos , Orujanos , Botica–
rios
,
y demas· que fe emplean en la curacion de las enfer–
medades ,-como grados, paf:·mtia , ó praEl:ira,
y
Fees
de
B:~urili110
,
o
informacion de limpieza de íangre : es
del privativo conocimknto del Proto-Medicato , fin
ape-