moderna
rJ\eal1uri}prademJa.
e
1
11'
t:i'das
1c apücafen con ailividad
a
indagar que Clcrigos
de menores havia en
el
difuito de fu jurifdiccion , que
teniendo
la
edad competente no afcendian al Orden Sa–
cro ; y que a los que no lo hiciefen por fu culpa' y
negligencia , pafado el año , o aquel tiempo ( como fea
menor ) que .le prefcribieren los Obifpos , no fe
les
tenga por efemptos de las cargas ,
y
Oficios Pt'tbli–
<os aque e!Hn fujetos los Legos vafallos , haciendo fa–
cae ,
fi
necefario fuefe para ju{Hficar fus edades, las
Fees de BautiftllOS' que no fe duda rranque:tran
los
Parrocos , por la prevcncion con que fe hallnn de lá
-Re:tl Perfona los Diocefanos. Todo lo qua! fe vió,
y
examinó por el Confejo en el dia 3. de Marzo del re–
ferido afio de
17
4 r.
y
en
1
z.
de Mayo del mifmo fe
expidieroh las Reales Ccduhis , para cumplimiento de
1:odo , como fe ha
(ent:~do
al principio de éfte numero.
N
eafe verbo
Aftflnos
,
donde fe trata de la Bula en quan–
to
á.
la lmmunidad Ecleíiaillca Cobre
el
art.
z.
del Con–
~ordato.
81
CONCORDATO. Veafe
Coadjutoría!,
donde
fe expone el Real Decreto,
y
de que trata el art.
1
7·
del
año de
1737·
Veafe alimifmo verbo
Arbitrio1,
num.
I
z
I.
fobre el encargo que los Ordinaiios tienen
de ufar las Cenfuras con la modcracion debida,
y
de que
habla el art. ro. del citado Concordato.
8z
CONCORDATO. Por el que entre
h
Santa
Sede ,
y
fu Mageftad Catholica fe celebro,
y
firmó en
I 1.
de Enero de
t
7 53. teniendo prefente , que en el del
año de
1737·
la Santidad de Clemente Papa XII.
y
la
Magell:ad del feñor Rey Don Phelipe 'V:·.Jk
·g-loriofa.mo–moria havian convenido , ee que fe.depu.tafen
perfona~
Rz
que
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