m~Jerna
1,_eaf Juriforuáencia,
C
I
17
2.elmifr;no año ,
fobre la obfervancia ,
y
execucion del
Concordato ; y de otra Breve de Clemer)te XII. de
felíz
J:ecordacion, que todos fe infertaron en las Letras A poíl:oli–
·cas , que en confirmacion de las antecedentes, y de Jo tra–
tado por fu Mageflad Catholica,y la Santa Sede,fe expidie–
ron por la Santidad de Benediél:o XIV. en Roma
a
2 3. de
Diciembre de 1740. año primero de fu Pontificado, ·dirigi–
das
a
Mon-Señor DonJuan Bauriíl:a Barni,fu Nuncio ApoC
t olico, y d'!legado
á
Latere en efl:os Reynos de Efpa–
ña , por quien fe comprendieron en fu Ediél:o de 18. de
Enero de 1741. todos los exprefados Breves ,
y
Bulas,
por las qualcs efpecialmente b:1xo de Excomunion ma–
yor
latdi Sententi<t,
fe mandaba
a
los Ordinarios,
y
Prelados Ec!efiaflicos
obfervar la difpoficion del dicho
Concordato ,
y
Articulo quinto , por el que fe prohibe la
creccion de Patrimonios
á
los Ecleíiaíl:icos Seculares ,
y
Regu'ares , y las Donaciones , Enagenaciones, y Con–
tratos fimulados , que
m:~s
por menor quedan referidos
en
el
dicho Arrknlo qninrc.
77
CONCORDATO. Aísimifi110 por S. M. en
R eal Cedula expedida en Madrid
á
12. de Mayo
de
'J
741. (e comunico
á
todas las Juíl:
ici.tsde eíl:os Rey–
nos , que en coníequencia de lo prevenido en el Con–
cordato entre Ll Santa Sede , y
fu Real Perfona,
Cfl
2
6.
de
Septi~mbre
de 17 37. fe digno la
Sanrid:~d
de
Clemente XII.
confirm:~rlo
generalmente en todos los
'Arriculos por fu Breve Apoflolico, que comienza.
Pro
.fingulari jide,
diri gido
á
los A rzobiípos , y Obií¡1os
d 2 efl:os Rey nos ; expcJ ido en Rom:1
á
24. de N ..wiem–
bre del mi fino año. Y que qucriendolo
execur:~r
efpecifica,
e
individu.1lmente p:>r lo que roca
al
Articulo
2.
y 5.
fe
fir-