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alto, el término medio de los ultimos diez años en los mer–

cados europeos da al salitre el precio por quintal ingles, de

13

chelines

12

peniques.

De consiguiente, un impuesto que eleve el costo a

13.12

aun cuando se pudiera limitar el precio mínimun del gua–

no a

~

12.10, seria contrario a los principios económicos,

porque en primer lugar no podria el salitre, como abono,

soportar la competencia del guano que se venderia en 12.6

el quintal, i en segundo

lu~ar

se quitaria todo estímulo a

la produccion, desde que ella se haría sin utilidad i con

graves riesgos de pérdida al contrario.

Supongamos un impuesto de tres chelines i calculemos

el costo, en esta moneda; tendríamos aproximadamente:

costo de elaboracion....... ..... .. .. .... .... .............. .

5

reembolso del capital.....................................

1

flete, seguro, mermas, comisiones.................

4

derecho de esportacion...... .. .. ..... .. .. ..... .... ..... ..

3

diferenci:;i. de peso en la: medida, entre el quintal

ingles

i

el español.......................................

1.04

en junto 14 chelines, 4 peniques, es decir, un costo mas

alto que el término medio en diez años bajo el réjimen del

monopolio, de la produccion limitada, i del monopolio del

guano. Se ve pues que es imposible tal impuesto de 3 che–

lines, i que lo es el encontrar la razon que el gobierno haya

tenido para proponer el de 92 centavos i en pesos fuertes.

Ahora, ¿conviene al pa1s un impuesto elevado o uno

reducido?

A primera vista el primero, de de que recae en el con–

sumidor estranjero, i que produce inmediatamente mas

renta.