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alto, el término medio de los ultimos diez años en los mer–
cados europeos da al salitre el precio por quintal ingles, de
13
chelines
12
peniques.
De consiguiente, un impuesto que eleve el costo a
13.12
aun cuando se pudiera limitar el precio mínimun del gua–
no a
~
12.10, seria contrario a los principios económicos,
porque en primer lugar no podria el salitre, como abono,
soportar la competencia del guano que se venderia en 12.6
el quintal, i en segundo
lu~ar
se quitaria todo estímulo a
la produccion, desde que ella se haría sin utilidad i con
graves riesgos de pérdida al contrario.
Supongamos un impuesto de tres chelines i calculemos
el costo, en esta moneda; tendríamos aproximadamente:
costo de elaboracion....... ..... .. .. .... .... .............. .
5
reembolso del capital.....................................
1
flete, seguro, mermas, comisiones.................
4
derecho de esportacion...... .. .. ..... .. .. ..... .... ..... ..
3
diferenci:;i. de peso en la: medida, entre el quintal
ingles
i
el español.......................................
1.04
en junto 14 chelines, 4 peniques, es decir, un costo mas
alto que el término medio en diez años bajo el réjimen del
monopolio, de la produccion limitada, i del monopolio del
guano. Se ve pues que es imposible tal impuesto de 3 che–
lines, i que lo es el encontrar la razon que el gobierno haya
tenido para proponer el de 92 centavos i en pesos fuertes.
Ahora, ¿conviene al pa1s un impuesto elevado o uno
reducido?
A primera vista el primero, de de que recae en el con–
sumidor estranjero, i que produce inmediatamente mas
renta.