Previous Page  99 / 192 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 99 / 192 Next Page
Page Background

( 81 )

un ejemplo-Si yo tengo el do- recho divino; otra cosa E>s, sin

minio sobre mi sombrero, es negarsda, ingerirse en le que.

una propiedad esencial á ese es de la competencia de

esa.po–

dominio, escluir á todo otro del testad. Lo primero es pecar

uso

y

goce de mi sombrero con- contra la fé,

y

hereticar: lo se–

tra mi voluntad. Pero mi do- gundo permaneciendo la fé; e$

minio que es una fuerza moral, obrar justa

ó

inju~tamente,

se•

ni quita la voluntad, ni les rom- gun que se proceda de acuerdo

pe las manos

á

los hombres, pa- con esa potestad, ó se la atro–

ra _que no quieran ó no - puedan pelle. Sin esta obvia distin–

tomarfurtivaóviolentamente mi 'cion, que los niños son capaces

sombrero. Ademas es otra pro- de comprender, se seguiría, que

pi~dad

esencial al dominio, que siendo los mandamientos rlel

yo pueda conceder el uso de Decálogo artículos de fé, todos

mi cosa, sin pet·der por eso mi los cristianos que los atrope–

derecho: luego mi dominio aun- Han

ó

quebrantan pecarían con–

que esclusi\'O, no impide que mi tra la fé; lo que es

ab~urdo

y.

cosa sea tocada ora injusta, ora aun heretico.

justamente. . Pues de la misma

Esclarecido esto, veariws aun

manera ]a potestad ó señorío si los emperadores

y

los reyes

que la Iglesia tiene sobre su en sus decretos, sobre materias·

disciplina, no impide el que vio- eclesiásticas pecaron venial, ó

lentamente y contra su volun- mortalmente.

A

esto respon–

tad se pueda

at~ntar

en ella, ni do con distincion. ·Si lo hicie–

tampoco el que por su voluntad ron, como casi generalmente

y

su consentimiento pueda jus- ha sucedido desde Constanti–

tamente tocarse en ella-Luego no, apoyando las disposiciones

es ·una imputacion

muy

gratui- eclesiasticas, no previniendo..

ta

y

muy

falsa, suponer como las; entónces no solo no peca:–

verdad de fé que nadie puede ron ni venialmente, mas antes

tocar en lo esterno de la lgle- llenaron el grande deber que

1~&.

sia, cuando solo formalmente se impone su rango, de hacer

re~"

ha asegurado que

su

postetad nar la justicia entre los hom–

es esclusiva é indepeJldiente.

bres, y por medio de ella,

á

Dios.

De este falso .supuesto hace fuente de toda su autoridad: en ..

el autor de Jos ProlegAmenos, tónces cumplieron , haciendo

ilacione~

absurdl;ls.-El . dice: rPspetar la Iglesia, el

cuart~

,,Luego · pecaron contra la fé, maurlamiento-Honrará·s

á

t¡¿

,;los emperadores

y

los reyes

padre

y

á

tu

madre:-entónces

;,en sus decretos sobre materias obraron como verdaderos

pol~~,eclesiasticas.''

¡

Que lógica ticos, estrechando .por med-io de

tan gallarda! No señor: una la justicia, los · vínculos de l_a.

cosa es negar que la Iglesia tie- sociedad: entonces en

fin

se ad–

ne.~ su

potestad propia, por

de- quirieron

el1·enombre

i.~!Jlort~J,

1~

.