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,virtud de las funciones de su De la potestad de los
Pdndpeil
,ministe1·io, puede dar Obispos
seculares sobre la Disciplina
,á las Iglesias;
estos son
lf.l s
Ec Lesiástica.
,,términos del Concilio Triden–
,tino, Ses·.
24,
cap.
·l.
0
de
Re .
,formatione.
De
consiguiente
,,ninguna consagracion
l~gíti,ma puede hacerse en la Iglesia
,Católica, sino .en virtud del
}~,mandato
Apostólico.''
Despues de todo esto el Sr.
Pio
VI
declara
y
decreta cri–
minales
y
nulas las tales con–
sagraciones · hechas segun la
antigua disciplina: privados ele
toda jnrisdiccion eclesiastica
á
los así consagrados;
y
suspen·
sos de las funcioues sacerdota–
les
á
los sacrílegos consagran–
tesó asistentes,
y
á
todos cuan–
tos hayan coope1·ado de cual–
quiera manera
á
tan excecra–
bles consagraciones.
Cuando el Sr. Pi<:.
VI
no fne–
l'a mas que un doctor privado,
bastaría que presentase la doc–
trina sobre el derecho de la
institucion
y
consagracion de
los Obispos al Clero ilustrado
de Francia,
y
en la época de la
revolucion y
á
la faz del mundo,
.para persuadirse q ne todo lo
.que dice
sobre que
el
de,·echo de
los Metropolitanos habia anti–
guamente emanado
de la Silla
·Apostólica,
y
que despues había
devuelto al origen de donde sa–
lió,
para· sojuzgar el juicio del
l10mbre mas presuntuoso al jui–
cio del universo· cristiano.–
Q.E.D.
Seria preciso ser ignorante
hasta la estupidez, ó haber per–
dido el aprecio de la fé
y
de la
religion, para mirar con un co–
razon frio
é
insensible, los des–
trozos que hace en la doctrina
de
la Iglesia, este escritor te–
mr.rario, arrastrado en su edad
madura, de las máximas erró–
neas de que dP.sgraciadamente
se dejó preocupar en la juven–
tud. No contento con haber
descargado golpes furibundos
contra el dogma del primado
hasta reducir
á
la cabeza de la
Iglesia
á
un vano simulacro siu
ojos, sin oidos
y
sin boca; no
satisfecho con transformar ba:jQ
su pluma, á fuerza de falsifica;–
ciones de la Santa Escritura
1
]a constitucion divina de la
.Iglesia en una democracia idén–
tica
a
la de nuestras Repúbli–
cas, segun la que asambleas ele
Obispos sin cabeza, forman el
poder
legi~lativo
,
y
el Sumo
Pontífice es reducido
a
hacer el
papel de custodio, ejecutor,
siervo el mas autorizado del
cuerpo místico; no contento con
derramar los gérmenes fatales
del cisma en un campo
ya
pre–
parado para mudar la lglesia
del Perú en la Sinagoga cismá–
tir.a de Utrech, toda,·ia aspira
a
descatolizar, si pudiera. por
otra via, esta porcion preciosa.
del rebaño, ha12iéndola una pro–
YÍncia del Luteranismo.
La
pluma se resiste
á
escrib-ir
tao ~