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( 79 )

,virtud de las funciones de su De la potestad de los

Pdndpeil

,ministe1·io, puede dar Obispos

seculares sobre la Disciplina

,á las Iglesias;

estos son

lf.l s

Ec Lesiástica.

,,términos del Concilio Triden–

,tino, Ses·.

24,

cap.

·l.

0

de

Re .

,formatione.

De

consiguiente

,,ninguna consagracion

l~gíti,ma puede hacerse en la Iglesia

,Católica, sino .en virtud del

}~,mandato

Apostólico.''

Despues de todo esto el Sr.

Pio

VI

declara

y

decreta cri–

minales

y

nulas las tales con–

sagraciones · hechas segun la

antigua disciplina: privados ele

toda jnrisdiccion eclesiastica

á

los así consagrados;

y

suspen·

sos de las funcioues sacerdota–

les

á

los sacrílegos consagran–

tesó asistentes,

y

á

todos cuan–

tos hayan coope1·ado de cual–

quiera manera

á

tan excecra–

bles consagraciones.

Cuando el Sr. Pi<:.

VI

no fne–

l'a mas que un doctor privado,

bastaría que presentase la doc–

trina sobre el derecho de la

institucion

y

consagracion de

los Obispos al Clero ilustrado

de Francia,

y

en la época de la

revolucion y

á

la faz del mundo,

.para persuadirse q ne todo lo

.que dice

sobre que

el

de,·echo de

los Metropolitanos habia anti–

guamente emanado

de la Silla

·Apostólica,

y

que despues había

devuelto al origen de donde sa–

lió,

para· sojuzgar el juicio del

l10mbre mas presuntuoso al jui–

cio del universo· cristiano.–

Q.E.D.

Seria preciso ser ignorante

hasta la estupidez, ó haber per–

dido el aprecio de la fé

y

de la

religion, para mirar con un co–

razon frio

é

insensible, los des–

trozos que hace en la doctrina

de

la Iglesia, este escritor te–

mr.rario, arrastrado en su edad

madura, de las máximas erró–

neas de que dP.sgraciadamente

se dejó preocupar en la juven–

tud. No contento con haber

descargado golpes furibundos

contra el dogma del primado

hasta reducir

á

la cabeza de la

Iglesia

á

un vano simulacro siu

ojos, sin oidos

y

sin boca; no

satisfecho con transformar ba:jQ

su pluma, á fuerza de falsifica;–

ciones de la Santa Escritura

1

]a constitucion divina de la

.Iglesia en una democracia idén–

tica

a

la de nuestras Repúbli–

cas, segun la que asambleas ele

Obispos sin cabeza, forman el

poder

legi~lativo

,

y

el Sumo

Pontífice es reducido

a

hacer el

papel de custodio, ejecutor,

siervo el mas autorizado del

cuerpo místico; no contento con

derramar los gérmenes fatales

del cisma en un campo

ya

pre–

parado para mudar la lglesia

del Perú en la Sinagoga cismá–

tir.a de Utrech, toda,·ia aspira

a

descatolizar, si pudiera. por

otra via, esta porcion preciosa.

del rebaño, ha12iéndola una pro–

YÍncia del Luteranismo.

La

pluma se resiste

á

escrib-ir

tao ~