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( 8Q )··

to.s

hoiTores; porque ¿qué cosa

diferencia de lo que toca al

es el Lnteranismo, sino una sec-

,interno, que ademas tiene en

ta religiosa, arrancada del tron-

,e.I

Sacramento de la

Peniten ~

co del catolicismo,

y

desnuda

,cía;

y

que esta potestad para–

de la participacion de

ese

po.-

,establecer

y

reglar su (iisci–

der soberano

y

espiritual que

,plina esterior

y

publica, le es

le confirió su Fundador, desde

,,privativa

y

esc]usiva

indepen•

que consintió en ponerlo bajo

,diente de La temporal;

y

que

las potestacles seculares? Pnes

,decir esto, es decir otras tan–

ved ahí lo que con ridículos so-

,tas verdades de fé comprendi–

fismas se esfuerza

á

consagrar

,das en el dogma de la

potestad~

el autor de los Prolegómenos.

,que le ha sido dada por

J.

c.~

l.

0

El despoja á la autoridad Nuestro autor lo copia para

ec1esiástica de los poderes in-

impugnarlo.-Y si es cierto que

dispensables para el régimen

lo que se acaba de leer es de

fé,.

de toda sociedad perfecta. 2.

0

lo es igualmente que es herético

El atribuye á las potestades se-

lo que el Sr. Vidaurrc asienta

culares el poderío sobre lo que

en contrario.-Antes de

mos~

llama disciplina accidental, y al

trar esto directamente, no ptH>–

favor de P.Sta brecha entrega la do menos que analizar el pri–

lglesia a discrecion de los Prín- mer párrafo de la impugnacion,

cipes.-Seguir paso a paso

á

pag. 159, lin.

14,

para que se

este autor iuconsecnente, que

palpe la diferencia infinita de

marcha á brincos, y que lo mt>z-

un sabio escritor que lleva la

cla

y

confunde todo

á

veces en

pluma con el compás de la geo.:..

un mismo parrafo, seria hurtar-

metria,

y

un su discípulo que

le a

U.

S. I. momentos precio-

no hace raciocinio en que no

sos que yo debo economizar.

peque contra las reglas de la

Procuraré; pues, ser lo mas bre-

lógica.

·

ve que me sea posible, aunque

Reduzcamos la sentencia, di–

el asunto es de vital impol'tan-

ce.-Es verdad de fé que nadie

cia.

puede tocar, ni en lo estf'rno

Habiendo el Señor D. D.

de la Iglesia.-Alto aquí: El

Ignacio Moreno, asentado en

Sr. Vidaurre pone por base del

el Ensayo de la Supremacía:

argumento que va

á

hacer, una

'•Que la Iglf."sia tiene por su

imputacion calumniosa-Una

,institucion y derecho divino

cosa es, que la potestad de la

~,todos

los poderes de una cons-

Iglesia sobre su disciplin;:t

le

,titncion perfecta, esto es, un

sea pri,·ativa, y esclusiva, é in–

,poder legislativo, un poder ju-

dependiente de la

tempora~,

y

,,dicial, nn poder gnbernati vo

esto fle fé segun está copiado:–

,,)' coactivo para castigar

a

los

otra cosa es, que sea de

fp

el

,,rebeldes, todo esto en el fuero

que nadie puerla tocar e.n lo

es~

ne~.tcrno

y

por actos· públicos,

terno de la

Ig~esia.

Pon

gamo~.