Previous Page  101 / 192 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 101 / 192 Next Page
Page Background

( 83 )

quitur semj;er conclutio partP.m.

dando esta su doctdna por in-,.

l.

0

Paso ahora

a

hacer ver

dub1table

añade:

,es necedad

que

este autm: clespoja

á.

la au-

,,continuar las prue1Jas. Pue· .

toridad eclesiastica de los po-

,,de tenerse por una

ostent~deres indis¡wnsables para el re-

,,cion ridícula. Texto5 no cor–

g1mE>n de

la Iglesia

que

es una

,rompidos, ni alterados, acre–

sociedad perfecta. En la p

1

g.

,ditan que

no son hereges

los

160

con ocasion del testo:

Id,

,que dij eron, que

la autoridad

en~eñad

á

todas Las naciones:

,de la Iglesia es

de

pe1·suacion

y

pregunta con

un

aire de tri

un-

,,de consejo: que su jw·isdiccion

fu

"¿Que les manda? Que en-

,es

intenw

y

espiritual. Lo han

,,señen

y

bauticen,

y

despues

.,dicho

J.

C.,

los Apostoles, los

,rle algunas

lineas auade: ''

,Padres."

,iDonde están esos podere$ le.

Veamos ahora

la

C0ndena–

'!gislati,,os, .Judiciales, coerciti-

cion de estos errores.:-En la

,-,vos,?

N

o en otra parte que en

obra de

ftlarco Antonio de

Do~, una arbitraria interpretacion,

rninis

lib.

!.

0

cap.

1.

0

núm.

En

la pág.

166

lin.

27 se

lee:

l.

0

se ha11a esta proposicion;

,Esto digo,

y

esto es conforme

,Qui

de

R epublica. Ecclesiasti–

,,con el E,·angelio. Se halla en

,cr.t sicut de pure ltumanis filo·

,-,el

cap.

lO

de

S.

1\fateo la po-

,,sophantU1·,

mihi

videntur

1101/.

f,testad dada

a

los Apóstoles.

,,parum

á

vero

tramite aben·are,

~,Nada

coactivo.

Al

que

no qui-

,non modo quia

in

ea re requi–

,siera oir ni recibirlos, el cas-

,1·unt veram

jurisdíctionem, lwc

;,tigo único era dejarlos; el cas-

,,est,

vim coaetivam

et

subjec–

,tigo lo rescn·a para el dia del

;,t1'onem

externam,

ubi

tarnem

,juicio.

Tan

distante de intro-

,,omnis glm·ia

ejus

ab

'intus.,–

,,ducir el poder qne se supone, E sta proposicion dice la sagra–

r,que Jos envía como ovejas en

da fac ultad de Paris, en

la parte

,;medio de lobos.

¿

Cual otr'a

que niega

á.

la Iglesia la verda-,

,hubiera sido

mejor ocasion,pa-

<lera jurisdiccion, esto

es,

la por

,ra constituir

esos poderes,

que

tes tad coactÍ\' a

y

snjecion es–

,,~

niere reunir el dflfensor de la

terna

es heretica,

y

pert

w·bado–

_,,Primacia,

qne aqu ella en

que

r a de tod(')

el m·den

Ge1·arquico,

,.,poniendo

a

sns pi es la

natu-

é

introduceen la Iglesia una con–

,,raleza toda, les concedi ó

el

fu sion Babilonica.

D.

Angeno

,dón de milagros?,

tre.Tom. 2.

0

part. 2a. pág. 105

En la pág. siguiente 167 lin.

Item:

en e1 cap. 2.

0

núm.

32 alega las palabras mismas

·7.

0

del mismo herege

s~

lee·

del Salvador por S. Juan: Y sí

esta:

''lnquiunt Apostoli nos

alguno oyese

mis

palabras,

y

,o,·ationi et núniste1·io

ve1·bi

no las guardase, yo no

lo juzgo.-

,,instautr>s e:imus, non. dicunt,

No ''ine

a

júzgar al

mundo

si-

,nos leg ibus conctivis condendis._

no

á

sal

y

arlo. lnmedi atamcute

, ac

tr i lnt'fl,ah

rxtcabimus

1

n~