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dise1p1iría, y de ·· cuanto ·hace y ba a la Iglesia como 'Príncipe;
decide la Silla Romana en to- a!PÍ como el Príncipe cuando
dos ·puntos. Cuando pecó
Pe-
recibe las llav·es .de la Ciudad
dro aun no habían recibido al representa á la República
á
Espíritu Snnto, quíen había de quien vá á pres-idir. Por esto es
enseñar tpdas las cosas. Pedro que el Papa no es Obispo como
no
e.rró Con·el COl'aZOU sino con Jos otros, segun quiere el autor,
la ·boca. ·No negó á
J.
C. de en lapag. 128, lin. 31. Es ·ig1._1al
Stlerte que perdiese la
fé,
sino
á
los demas en razon de órden,
~olá
·la Caridad. como enseiHtn · pero no de jurisdiccion, p'qr•
S. Agnstin trat. in Joan, S ..Ci- que la que se concedió
á
los
tilo lib, 12. cap.
1.·
0 .
Paschas. Apóstoles no fué cGmo la que
lib. 12. '·in Mat.
y
·mi Angel se le dió
á
Pedro, pues esta era
Ma_estro' in
J
oan. ,Es la razon, sobre
lo~
mismos Apóstoles, .
y
porque Pedro no negó disin- la de estos sobre los fieles
y
tiendo, sino solo exteríormente Ministros. Oigase á S. Cipria-.
negandQ,
y
aun así, uo negó no:
Unum tamencaput est,etori-
·. que Cristo era el hijo de Dios,
go una.
Ni quiP-ra el autor apo–
ó
el Mesías, sino solo su co- yarse en qne· S. Pablo repren–
nocimiento,
non novi eum.
..
El dió á S. Pedro, como lo dice 'en
c.ual pecado directamente es la pag. 133. linea 1,
~
porque .
contra la .,confesion de la fé, esto mismo prueba la mino–
y
no contra la
fé,
como si al- ridad de Pablo,
y
la virtud de·
guno exteriormente negase, que Pedro; vease á San Gregorio
era
~rist1ano,
no obra eontra la Magno lib. 2. in Exeq. hom.
verdad de .la fé, sino contra su 18. qne dice:
En
ú
minod suo
confesion. AsLPedro negando
repreh.enditw·, et reprendi non
faltó.
a
la confe.sion de la fé, mas
dedignatw·; non ad memoriam.
no
á_
la misma fé,
y
s~
cumplió
revocat quod claves regni cado-
. lo
qu~- J.
C. ·]e dijo
Elfo Toga- rum acceperit.
Y á la Glosa.
.
b.i
pro te ut.ntJn·dqfiriat fider tua.
Ordinaria:
Qui pr:ce CCP-teris con-
. La pr.oposicion, pues, que des-
ffessus est, prre caterris donatur
poj'a al Papa de su autoridad
clrwivus.
Curiosamente observa
sobre el Concilio, y de su infa• Orígenes, que cuando Nuestro
libilidad en definir
la~
cucstio- S.
J.
C. dió
á
los otro.s Após–
:nes de fé, está condenada por. toles
sem~iante
potestad
á
1~
.. el Sr.
Al~jandro
VIII
y
pro- de Pedro,
S6
la· dió limitada
r
mulgada en 20 de Diciembre no absoluta:
QulEcu.mque
l~"!
<}e 1698. Digase lo que .se qnie-
.gaveritis
tf.
erunt Ligata
.et m.
1·a de S Pedro, las . llaves fue-
c~lo;
les
s~üaló
el Cielq eQ.
ron dadas
á
él, como que 11e- s1ilgnlar; para limitarles
y
res–
vaba la figura de la Iglesia ha- trinjirles
st1 ·
autoridad; mas
a
jo ·la razon de Rector, y no _de Pedro le habló de
d:istint~
mo-
. P.rocurador.
P~dro
representa- .do.
Quodcumque.: -l1gaverzs
~·
19
1