CAPÍTULO PINAL
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En lo que toca al estado eclesiástico, decia, están vacos
los obispados de el Cuzco, la Plata y Quito, y así gobiernan
en ellos los Cabildos de las iglesias, en los cuales hay tan–
ta division entre los capitulares y tantas pretensiones y
diferencias que cada uno acude a su particular interés
y
de los a quien quiere favorecer, de manera que se entien–
de que con su gobierno se desirve Dios y Vuestra Mages–
tad, y la doctrina
y
conversion de los indios no se hace
cómo ni por los ministros que se debia;
y
así parece que
conviene que Vuestra Magestad se sirva de mandar pro–
veher con brevedad de prelados en los dichos obispados,
en los demas vacaren en estas partes y en personas que
tengan las que se requieren, y siendo posible no sean de
los que los pretenden, porque la inteneion ele los tales no
se entiende que es el aprovechamiento ele las ánimas si–
no el de su caudal,
y
algunos lo mercadean como si fuera
de su profesion, ocupando para ello a los sacerdotes de su
districto: a cada uno en el suyo,
y
disimulándoles por ésto
sus descuidos y vicios, y ellos a los indios los que
tien~n,
por las· grangerías con que viven, como de ésto hay muy
notoria experiencia.
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Los clérigos. particulares de este reyno, son en tres
m~neras:
unos vienen de Castilla y otros
se
ordenan acá,
aunque nacieron en ella,
y
otros son nacidos y criados en
esta tierra: a pocos de los que vienen de Castilla se en–
tiende que les trae el deseo de servir a Dios sino el de
enriquecer, y así los
ma~
no cuidan de saber la lengua,
sino de las inteligencias y grangerías con que pueden .
ganar de comer, no solo entre los indios de sus doctrinas,
pero fuera de ellos, y cuando ya tienen caudal para· no
tener tan insaciable codicia y saben la lengua y entienden
las costumbres de los indios, se vuelven a España; y así
hay necesidad de que en su lugar entren _otros nuevos,
que solo sir\
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en de lo que los otros y de esquilmar a los
indios y llevarse el salario, sin hacer aprovechamiento;
y
aunque hay algunos clérigos de buena vida y ejemplo, lo
general es lo que digo,
y
sirviéndose de ello Vuestra Ma–
gestad, me parece convenía que a los clérigos que pasan
a este reyno, no se diese licencia para salir de él sin que
hayan residido diez o doce¡años, o los que Vuestra Mages-