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CAPÍTULO XXVII

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tas, casi todas inficionadas de aborrecimiento

y

odio a la

religion católica; y el desórden que traen siempre tras

sí estos males, juntamente con el poco cu·idado que se tu–

vo a.lgun tiempo en proveer lo que tocaba a las cosas de la

religion, dió a los malos suelta licencia de vivir a su libre

voluntad, y ocasion a que se introduxesen en el reyno

y

asentasen en él muchas opiniones perniciosas, por los mis–

mos medios con que en otros países se propagaron. Desean–

do, pues, proveer el remedio a tan grave mal y conservar

en mis dominios la santa religion de Jesucristo, que aman

y

en que han vivido y viven dichosamente mis pueblos, así

por la obligacion que las leyes fundamentales del reyno

imponen al príncipe que ha de reynar en él,

y

yo tengo

jurado guardar y cumplir, como por ser ella el medio mas

a propósito para preservar

y

cumplir a mis súbditos de di–

~ensiones

intestinas y mantenerlos en sosiego

y

tranqui–

lidad, he creído que seria muy conveniente en las actuales

circunstancias volviese al exercicio de su jurisdiccion el

Tribunal del Santo Oficio, sobre lo qual me han represen–

tado prelados sabios y virtuosos,

y

muchos cuerpos y

p~r­

sonas, así eclesiásticas como seculares, que a este Tribunal

debió España no haberse contaminado en el siglo XVI de

los errores que causaron tanta afliccion a otros reynos,

floreciendo la nacion al mismo tiempo en todo género de

letras, en grandes hombres

y

en santidad y virtud. Y que

uno de los principales medios de que el opresor de la Euro–

pa se valió para sembrar la corrupcion

y

la discordia de que

sacó tantas ventajas, fué el destruirle, so color de no sufrir

las luces del dia su permanencia por mas tiempo,

y

que

despues las llamadas cortes generales

y

extraordinarias,

con el mismo pretesto

y

el de la constitucion que·hicieron

tu1nultuariamente, con pesadllmbre de la nacion, le anula–

ron. Por lo qual, muy ahincadamente me han pedido el

restablecimiento de aquel Tribunal; y accediendo yo a sus

ruegos

y

a los deseos de los pueblos que en desahogo ·de

su amor a la religion de sus padres han restituido de sí

nlismos algunos de los Tribunales subalternos a sus funcio–

nes, he resuelto que vuelvan y continuen por ahora el

Consejo de Inquisicion y los demas Tribunales del S.anto

Oficio, al exercicio de su jurisdiccion, así de la eclesiástica,