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228

LA INQUISICION DE LIMA

y

te invocaremos en adelante y detestaremos el ausilio de

Dios;" i puestos de rodillas, cojian la yerba coca en las

manos i la levantaban en alto; que se colocaba en las es–

quinas de las calles a oir lo que decían los que pasaban,

deduciendo de sus palabras lo que había de suceder; que

sacaba pronósticos la noche de San Juan, etc.

Fr. José del Rosario, alias Francisco Antonio Harbun,

alias Maldonado, lego betlemita, residente en Potosí, na–

tural de Viscaya, apóstata, fujitivo, casado en Tucuman.

D. Pedro Espinosa de los Monteros, sirviente de oficio,

limeño, que deseando salir de pobreza habia llamado al

diablo en diferentes ocasiones, i por no acudir

á

sus voces,

culpaba a J

es~1cristo

de que no le

dari~

licencia para ello,

por lo cual descolgó una vez a un Cristo que tenia en su

habitacion, le dió cincuenta azotes i despues de embadur–

narlo .... lo tuvo quince dias pendiente del techo. Otra

vez~

culpando del silencio del diablo a cierta devocion que

tenia, la dejó, .yé.ndose adémas a holgarse en mala compa-

"' 1

8

.

n1a.

He aquí los reos que fueron aun penitenciados durante

los años trascurridos desde

1

7

O7

hasta

171.3,

ántes de que

se celebrase auto de fe:

Martin Morante, sacerdote jesuita, profeso de cuarto

voto, confesor i predicador, natural de

Piura~

de cuarenta

8.

En vista de las sentencias de algunos de los reos que ·quedan se–

ñalados i que fueron condenados a salir en auto público, segun hemos

indicado, parece que puede colejirse que esa ceremonia ha debido tener

lugar en algunos de los -años anteriores a] de 1707. Al márjen o a la

conclusion de algunas de las relaciones de las causas de esta época se

dice tambien que la pena se ha cumplido el 20 de abril de 1704; i aun–

que los documentos no dan razon 11recisa de la verificacion del auto,

creemos que la afirmativa es mui probable.

La relaciones de las causas referidas fueron enviadas a] Consejo con

carta de

12

de diciembre, en que se leen las palabras siguientes, que

apuntamos aquí como complemento a los datos' que dejamos consigna-

dos a propósito de estos reos: ...... ((No se cobra un real que no cueste

actuacion judicial

y

muchas dilijencias, que ocupan las horas de audien–

cia de mañana

y

tarde

y

a los ministros públicos

y

del secreto; conie–

niéndonos a no actuar muchas mas causas de fe lo gravoso que fuera al

fisco

y

casi imposible en el estado presente mantener la copia de reos

que pudiesen estar en cárceles secretas, precisándonos a poner algunos

en las públicas de Ja ciudad,

y

a otroe en conventos de regulares

y

hos–

pitales, por el miserable estado de las rentas del fisco.»