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CAPÍTULO XIX

El Rei ordena que los Inquisidores devnelvan de bienes confiscados los

· salarios que 'tenian percibidos.-Estrados del TribunaL-Producto

de las canonjías.-Venta de familiaturas.-Procedirnientos relativos

a los bienes de los presos.-Siguense tramitando las causas de por–

tugueses.-Informacion contra el Obispo de

Tucum::~n.-Ca.usa

de

Diego

~Lopez

de I.4isboa.-Auto de fe de

17

de noviembre de

1641.

Las noticias de estas ejecuciones contra personas de

la calidad i fortuna que sabemos, traspasando los límites

del vireinato, habian llegado hasta Méjico i España. Las

sun1as confiscadas en esa ocasion por el Santo Oficio, so–

bre todo, se decia que eran enormes: nuevas que llevadas

hasta los piés del trono, motivaron la real cédula de

30

de

n1arzo de

1637,

en que S. M. agradeciendo a los Inquisi–

dores el cuidado i desvelo que tuvieran para declarar la

complicidad de judaísmo i encareciendo el celo con que se

ejecutara, dándose por bien servido i ofreciendo guardar

memoria de todo para hacerles merced, añadia (recordando

la recomendacion que le babia insinuado el Conde de

Chinchon) que le parecia justo que se restituyese a

·SU

real hacienda de lo confiscado a los reos, los dineros que

se habian estraido de su real caja para el pago de sus sa–

larios percibidos hasta entónces, i que se reservase tam–

bien para lo de adelante lo necesario para el mismo efec–

to, en caso de que el producido de las canonjías

no

alcanzase a satisfaeerlos: a que el Tribunal, acatándola,

eomo era de su deber (aunque solo en el nombre, como

tantas veces acontecia) respondió con buenas palabras

que se daria

cuenta

al Consejo i al Inquisidor Jeneral,

cuyos eran los

bien.es;

pudiendo anticipar desde luego que