CAPÍTULO XIX
El Rei ordena que los Inquisidores devnelvan de bienes confiscados los
· salarios que 'tenian percibidos.-Estrados del TribunaL-Producto
de las canonjías.-Venta de familiaturas.-Procedirnientos relativos
a los bienes de los presos.-Siguense tramitando las causas de por–
tugueses.-Informacion contra el Obispo de
Tucum::~n.-Ca.usa
de
Diego
~Lopez
de I.4isboa.-Auto de fe de
17
de noviembre de
1641.
Las noticias de estas ejecuciones contra personas de
la calidad i fortuna que sabemos, traspasando los límites
del vireinato, habian llegado hasta Méjico i España. Las
sun1as confiscadas en esa ocasion por el Santo Oficio, so–
bre todo, se decia que eran enormes: nuevas que llevadas
hasta los piés del trono, motivaron la real cédula de
30
de
n1arzo de
1637,
en que S. M. agradeciendo a los Inquisi–
dores el cuidado i desvelo que tuvieran para declarar la
complicidad de judaísmo i encareciendo el celo con que se
ejecutara, dándose por bien servido i ofreciendo guardar
memoria de todo para hacerles merced, añadia (recordando
la recomendacion que le babia insinuado el Conde de
Chinchon) que le parecia justo que se restituyese a
·SU
real hacienda de lo confiscado a los reos, los dineros que
se habian estraido de su real caja para el pago de sus sa–
larios percibidos hasta entónces, i que se reservase tam–
bien para lo de adelante lo necesario para el mismo efec–
to, en caso de que el producido de las canonjías
no
alcanzase a satisfaeerlos: a que el Tribunal, acatándola,
eomo era de su deber (aunque solo en el nombre, como
tantas veces acontecia) respondió con buenas palabras
que se daria
cuentaal Consejo i al Inquisidor Jeneral,
cuyos eran los
bien.es;pudiendo anticipar desde luego que