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CAPÍTULO VI

121

caba por la intencion, esto es, cuando se queria dejar

constancia de la que el reo babia tenido en mira al come–

ter su delito.

Si despues de todos los trámites, no llegaban a acumu–

larse pruebas que se estimasen suficientes, el detenido era

absuelto, pero nunca declarado inocente, a fin de queja–

mas pudiera alegar, si llegaba el caso de formarle nuevo

proceso, la absolucion que hubiera obtenido. Si el acusa–

do moría en la prision, lo que no era raro, pendiente su

causa, se le enterraba secretamente, i si al fin era absuel–

to, en el auto de fe se sacaba su estatua, se leia su decla–

racion de

ino~encia,

i se mandaba dar noticia a los pa–

rientes del sitio en que yacía el cadáver para que se le

diese sepultura conveniente.

4

Pero, si por el contrario, re–

sultaba culpable, sus huesos eran exhumados i quema–

dos.5

Si el procesado parecía levemente sospechoso en la fe,

debia abjurar

de levi,

i en caso de sospecha grave,

de

'Ve–

hementi,

segun la fórmula siguiente:

''Yo fulano, vecino de ...... que aquí estoy presente

ante vuestras mercedes corno inquisidores que son contra

la herética pravedad y apostasía en esta. ciudad, su parti–

do, por autoridad apostólica

y

ordinaria, puesta ante mí

esta señal de la cruz y los sacrosantos evangelios, que con

mis manos corporalmente toco, reconociendo la verdadera

católica y apostólica fe, abjuro, detesto y anatematizo toda

especie ·de heregía que se levante contra la santa fe cató–

lica y ley evangéliea de Nuestro Redentor y Salvador

Jesucristo, contra la Santa Sede católica y Iglesia romana,

especialmente aquella de que yo ante vuestras mercedes

he sido acusado, y estoy vehementemente sospechoso, y

juro y prometo de tener y guardar siempre aquella santa

fe, que tiene,

gu~rda

y enseña la Santa

~ladre

Iglesia ca–

tólica romana, y que seré siempre obediente a nuestro

señor el Papa

y

a sus sucesores que canonicamente suce-

4. Recuérdese el caso de la Pizarro,

i

véanse mas adelante los Juan

de Loyola, Candioti,

i

otros.

5.

Merece notarse a este respecto lo sucedido en el proceso del je–

suita Ulloa, de que damos cuenta en

la

parte de este libro relativa a

Chile.