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LA INQUISICION DE LIMA

tar testigos en su abono, sin tener nunca noticia de sus

deposiciones, i si por cualquiera circunstancia le eran des–

favorables, se podían hacer valer como buenas.

El término que se asignaba para responder a los cargos

dehia ser m:ui corto, i evacuada ]a prueba, no podía ale–

gar nuevos descargos en su abono, aunque siempre que–

daba al Fiscal espedita ]a puerta para nuevas acusaciones.

Para apremiar al reo a la confesion de su delito, dispo–

nían los Inquisidores del" tormento, que podían aplicar mas

qu~

mediase el denuncio de un solo testigo, acompañado

de algunos

indi(~ios

vehementes. La sentenqia que conde–

naba a la tortura debia ejecutarse a presencia del Ordina–

rio i, al ménos, de uno de los jueces, el cual, con todo,

podía escusarse por enfermedad u otro impedimento, aun–

que en el año de

1640

se ordenó a los ministros de Lima

que no podían usar de esta escepcion.

~

En el Perú los verdugos fueron de ordinario legos de

Santo Domingo.

En el proceso de Fr. Francisco de la Cruz hemos visto

ya los preliminares de la dilijencia de tortura, reducidos

a amonestar al paciente, a medida que se le iba desnu–

dando, para que dijese la verdad. Los instrurnentos que

consta se usasen en el Tribunal euya historia hacemos,

fueron el potro, las· vueltas de mancuerda, la garrucha i

el agua, que se echaba por la boca a los reos, teniéndolos

tendidos para arriba. No contamos la mordaza, ni los gri–

llos porque éstos de ordinario los cargaban los acusados en

su viaje a la capital cuando eran aprehendidos en otra

p~rte,

i en las cárceles no se les solian quitar ni para dor–

mir.

El tormento se aplicaba

in caput propium

o

in caput

alienum.

Acontecía lo primero, como lo denota su título,

por hechos tocantes al delincuente; el segundo tenia lu–

gar casi siempre cuando despues de condenado éste se

pretendía que declarase sus cómplices. Otras veces se apli-

3.

Orden del Consejo

de 26 de enero de dicho año. La razon de esta

disposicion se hallará probablemente en que pocos meses ántes, ]os in–

quisidores de Lima aplicaron el tormento, sin miramiento a]guno, a

muchos portugueses acusados de judíos,

i

entre ellos, a Mencía de

Lu·

na, que

murió

en

él.