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<JAPÍTULO VI

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La primera dilijencia que seguia a la prision de los reos

sospechosos era siempre el secuestro de su fortuna, que

mas tarde, una vez condenados, ingresaba a las cajas del

Tribunal, ya en parte, si el delito era leve, en forma de

multa, ya como confiscacion total si se trataba de un he–

reje cualquiera. Cuando mas, se devolvía en ciertos ca–

sos la dote a la mujer del condenado, que en cuanto a

sus hijos, por gracia especial, podían los inquisidores to–

mar alguna providencia, a fin de mantenerlos. Por lo

restante, los herejes quedaban privados de todo oficio,

beneficio, dignidad, i sus hijos, hasta la segunda jenera–

cion, inhábiles para la posesion i adquisicion de los mis–

mos.

Finaln1ente, podían los inquisidores aplicar la pena de

cárcel perpétua, que le correspondía de ordinario al here–

je arrepentido, no relapso.

Las mazmorras habían de ser proporcionadas en su

insalubridad

i

lobreguez a los delitos i circunstancias de

los preso

s, procurand

o que no fuesen horrorosas ni enfer–

mas 11en

demasía.tt

Como recordará el lector, las enfer–

medades i muertes ocasionadas a los reos en las cárceles

desde los primeros días del establecimiento del Tribunal,

]as atribuían los jueces al carácter n1elancólico de la jente

de Indias.

Para concluir con esta materia apuntaremos aquí que

estaban sujetos al Tribunal, ademas de todos los herejes

sin escepcion, los blasfemos, los hechiceros i adivinos, los

invocadores del demonio, los astrólogos

i

a1qrlimistas, los

infieles i judíos, los escolmugados, los cristianos apósta–

tas, etc.

16

ra que al que preguntase qué cosa es galera, le podremos responder que

es una cárcel de traviesos

y

un verdugo de pasajeros.»

Las obras del

ilustre señor don Antonio de Guevara,

1539, fol. Puede verRe el mui

intereeante libro rle nuestro amigo Fernandez Duro,

La mar descrita

por los mareados,

Madrid,

1877.

16.

Al redactar este capitulo, solo nos hemos propuesto, lo repeti–

mos, dar al lector una idea somera del código

i

fórmulas del Tribunal,

a fin de que puedan esplicarse muchos de los hechos que se consignan

en estas pájinas; previniendo qne los materiales que nos han servido

para su redaccion, son: el libro

ya,

citado de PaLio Garcia; la

Cartilla

de comisarios del Santo Oficio de

la

Inquisiáon de

lrféxico,

adoptada