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CAP. IY-DE POTENCIA

Á

POTENCIA

59

un escripto

ó

requerimiento para que hiciese in–

formación contra el dicho padre fray Gil, por don–

de este dicho declarante coligió y entendió no

tener jurisdición el dicho Malina para poderlu él

hacer, pues se lo requería á este confesante para

quél lo hiciese, y que así le dijo 'el dicho licencia–

do, y le respondió; e< por derecho eso yo no creo que

lo puedo hacer, mira vos si lo podes hacer, y allá

os avenid;» y él le respondió que muy bien podía

este testigo hacerlo, y este declarante le respon–

dió que fuese con Dios, quél lo vería; y questo es

lo que sabe y es la verdad para el juramento que

fecho tiene, y firmólo de su nombre, habiéndole sido

leído su

dicho.-Ftay C1'ist6bal de Rabanem.-Juan

Ju(ré.-Pasó

ante mí,

Pedro Serrano,

notario apos–

tólíco.»

e<Y más declaró este dicho testigo, que oyó decir

al dicho padre fray Gil, endosó tres sermones: e<iÍ

mí me levantaban que dije que los hijos se iban,

por los pecados de los padres, al infierno; yo no

me acuerdo haberlo dicho, por quello es herejía y

por tallo tened, y si hay alguno que lo jure, ello

fué error de lengua y yo me desdigo y clesdiré todas

las veces que fuere necesario, porque yo bien pue–

do errar como hombre, pero no ser hereje, porque

cuanto he dicho y digo y predicare lo he puesto y

pongo debajo de la correción ele la Santa Madre

Iglesia ele Roma; y por esto este testigo dice en

este su dicho, que tiene al dicho fray Gil González

de San Nicolás, por buen cristiano y ele gran do–

trina y ejemplo,

é

no por hereje; y fírmolo.-Fray

Crist6balde Rabanera.-Juan

Ju(ré.-Pasóante mí,

Pedro Serrano,

notario apostólico.»