CAP. IY-DE POTENCIA
Á
POTENCIA
59
un escripto
ó
requerimiento para que hiciese in–
formación contra el dicho padre fray Gil, por don–
de este dicho declarante coligió y entendió no
tener jurisdición el dicho Malina para poderlu él
hacer, pues se lo requería á este confesante para
quél lo hiciese, y que así le dijo 'el dicho licencia–
do, y le respondió; e< por derecho eso yo no creo que
lo puedo hacer, mira vos si lo podes hacer, y allá
os avenid;» y él le respondió que muy bien podía
este testigo hacerlo, y este declarante le respon–
dió que fuese con Dios, quél lo vería; y questo es
lo que sabe y es la verdad para el juramento que
fecho tiene, y firmólo de su nombre, habiéndole sido
leído su
dicho.-Ftay C1'ist6bal de Rabanem.-Juan
Ju(ré.-Pasó
ante mí,
Pedro Serrano,
notario apos–
tólíco.»
e<Y más declaró este dicho testigo, que oyó decir
al dicho padre fray Gil, endosó tres sermones: e<iÍ
mí me levantaban que dije que los hijos se iban,
por los pecados de los padres, al infierno; yo no
me acuerdo haberlo dicho, por quello es herejía y
por tallo tened, y si hay alguno que lo jure, ello
fué error de lengua y yo me desdigo y clesdiré todas
las veces que fuere necesario, porque yo bien pue–
do errar como hombre, pero no ser hereje, porque
cuanto he dicho y digo y predicare lo he puesto y
pongo debajo de la correción ele la Santa Madre
Iglesia ele Roma; y por esto este testigo dice en
este su dicho, que tiene al dicho fray Gil González
de San Nicolás, por buen cristiano y ele gran do–
trina y ejemplo,
é
no por hereje; y fírmolo.-Fray
Crist6balde Rabanera.-Juan
Ju(ré.-Pasóante mí,
Pedro Serrano,
notario apostólico.»